Boletines/Daireaux

Decreto Nº0648/2020

Decreto Nº 0648/2020

Daireaux, 18/06/2020

EXIMIENDO PAGO TASAS JUBILADOS Y PENSIONADOS

Visto

La solicitud de Eximición del pago de Tasas Municipales formulada por una vecina de nuestro Distrito, y

Considerando

Que a través de la Ordenanza Nro. 2335/20 – CAPITULO XXIV EXENCIONES - se da marco regulatorio al trámite de Eximición de Tasas Municipales;

 Que las personas y/o familias incluidas solicitan dicha eximición en la sede de la Secretaría de Desarrollo Social;

Que se procedió a la confección de legajos administrativos y/o encuesta socio-económica de cada una de las personas y/o familias solicitantes;

Que las personas incluidas en el presente perciben una jubilación y/o pensión como único ingreso;

Que la entrevistas se realizo en el domicilio de la familia y en la sede de la mencionada Secretaría;

 Que de acuerdo a las evaluaciones efectuadas y a lo establecido en la Ord. 2335/20 (Impositiva 2020) Capitulo XXIV – Exenciones – Articulo 38º - Punto 1 - inc. a) y Punto 10 inc. a),  se ha definido la necesidad de acceder al beneficio de Eximición de la Tasa por Alumbrado Limpieza y Conservación de la Via Pública en un 100%, y de la Tasa por Servicios Sanitarios en un 100% en la medida en que el consumo de Agua Corriente no exceda del mínimo establecido en el Articulo 30º inciso 1.1  de la Ord. 2335/20;

Que debe dictarse el acto administrativo correspondiente;

Por ello

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE DAIREAUX, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES

 

 

D  E  C  R  E  T  A 

ARTICULO 1º. Exímase del pago de la Tasa por Alumbrado y Conservación de la Vía Publica y  Tasa por Servicios Sanitarios en un 100%,  a la contribuyente que se menciona, cuyo beneficio se halla encuadrado en lo dispuesto en el Capítulo XXIV EXENCIONES -  Artículo 36º punto I inc. a) y b) y punto 10 inc. a) de la Ordenanza Impositiva Anual Ejercicio 2020 Nº 2335/20:-

 

  1. VILLEGAS ELENA GRISOLE  – DNI Nro. 04.244.131 – Calle El jardín N° 264 de la Ciudad de Daireaux - Inmueble: Circ. XI – Secc. D – Mza. 24 A – Parc 2 . CVP Nro. 0971601 – Cta. S.S. Nro. 0151577 -, Vivienda Única y de Ocupación permanente.-

 

ARTICULO 2º.  Lo dispuesto por el presente rige desde el 01 de Enero de 2020 y hasta el 31 de Diciembre de 2020 inclusive.

ARTICULO 3º.  Por Oficina de Dirección de Cómputos y Recaudación Tributaria tómese conocimiento de lo dispuesto a los fines que corresponda.

ARTICULO 4º. COMUNIQUESE, TOMEN RAZON QUIENES CORRESPONDA, REGISTRESE Y ARCHIVESE.-