Boletines/Hipólito Yrigoyen
Decreto Nº 747/2017
Hipólito Yrigoyen, 20/09/2017
Visto
Las actuaciones del expediente administrativo Nº 4057-2229/17 mediante el cual la Dirección de Obras Publicas y la Dirección Vial de manera conjunta solicitan la adquisición de un camión, con destino a la realización de obras proyectadas en el distrito.
Considerando
Que la Ley Nº 14879 crea al Fondo de Infraestructura, estableciéndose por Decreto Nº 93/17 los lineamientos generales para la presentación, tramitación, y posterior análisis de proyectos de mantenimiento y obras de infraestructura,
Que la Resolución Conjunta MIYSP Nº 80/17 y ME Nº 20/17 se detallo el procedimiento para el análisis de los proyectos y transferencia de los fondos.-
Que en este marco la Comuna ha efectuado la presentación dando cumplimiento al plexo normativo mencionado.
Que consecuentemente el Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos de la Provincia de Buenos Aires, dicta la resolución 116/17 declarando la no objeción de los proyectos presentados por el Municipio, y la Resolución 576/17, reemplazando el anexo único de la precedente, siendo los proyectos aprobados cinco cuadras de cordón cuneta, construcción de dos consultorios y sala de espera, Obras de entubamiento en el Cuadro de Estación, Calle Remedios de Escalada y proyecto de Desagüe Pluvial para futuras viviendas y la adquisición de una retroexcavadora pesada, una motoniveladora, dos camiones con caja volcadora y un tractor.
Que por Ordenanza 02/17 del Departamento Legislativo local se declaro el desastre hídrico en el distrito, ameritando la compra de maquinarias para la realización de trabajos a fin de paliar la situación actual.-
Que la Ley Orgánica para las Municipalidades establece en el art. 283 bis la actualización de los valores que rigen en relación a los artículos 133, 138, 145, 151, 152, 159, 191 y 223 de la misma.-
Que previamente la Secretaria de Asuntos Legales y Seguridad se ha expedido en cuanto al procedimiento para la adquisición, comprendiéndose conforme lo prescribe el art. 151 y 283 bis de la Ley Orgánica para las Municipalidades, correspondiendo llamar a Licitación Privada
Por ello, haciendo uso exclusivo de las facultades que la ley le confiere EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE HIPOLITO YRIGOYEN
ARTÍCULO PRIMERO: LLAMESE A LICITACION PRIVADA Nº 005 /2017, para la adquisición de un camión 0 km con las características técnicas que se detallan a continuación:
Debe contar como mínimo con 220 HP
Cabina simple
Chasis largo
Duales
Rodado 275/30 R 22.5
Sistema de dirección hidráulico
Sistema de frenado a aire
Tracción 4x2
Cabina con calefacción y aire acondicionado
ARTICULO SEGUNDO: FÍJESE la fecha de apertura de sobres de ofertas para el día 20 de Octubre de 2017, a las 11 hs. en la Oficina de la Dirección de Compras de la Municipalidad de Hipólito Yrigoyen.
ARTICULO TERCERO: FÍJESE de fecha de entrega de propuestas hasta el día 20 de octubre de 2017 inclusive, hasta el horario de 10.30 hs, en la mesa de entradas de la Municipalidad.
ARTICULO CUARTO: ESTABLEZCANSE los siguientes requisitos de presentación de cotización: a) Los oferentes deberán estar inscriptos en el Registro de Proveedores de la Municipalidad de Hipólito Yrigoyen. b) La formulación de la oferta implica el conocimiento y aceptación de todas las condiciones pactadas en el presente Decreto y su sometimiento a todas sus disposiciones de la Ley Orgánica Municipal y Reglamento de Contabilidad. c) Las ofertas deberán confeccionarse en forma clara y precisa, y deberán presentarse en el formulario que al efecto extienda la Dirección de Compras o de la forma que la misma lo establezca. d) Toda la documentación que integre la oferta o precio deberá estar foliada en todas sus hojas y firmada por quien detente el uso de la firma social o poder suficiente, en su caso. Si se trata de una persona jurídica, la oferta la deberá realizar el representante legal de la sociedad o apoderado con poder especial o general de administración. Asimismo se deberá acompañar la respectiva documentación a saber: contrato social, y acta de designación del representante, y copia de los instrumentos mencionados ut supra que acrediten el mandato, si correspondiere. e) Toda raspadura, tachadura o enmienda debe ser debidamente salvada por los oferentes, en caso contrario la oferta será rechazada. f) La cotización deberá efectuarse en pesos, deberá especificar el precio unitario del bien, en números y letras y en números por el total general de la propuesta. De existir discrepancias entre números y letras, prevalecerá el monto expresado en letras. Los precios unitarios cotizados, serán expresados en pesos con dos decimales. g) A los efectos del Impuesto al Valor Agregado (IVA), el Comitente actúa como Consumidor Final.
ARTICULO QUINTO: Producido el vencimiento del plazo de mantenimiento de Oferta que queda establecido en un plazo de 30 días, el mismo quedará automáticamente prorrogado por el término de quince (15) días en el que también podrá solicitarse un nuevo término de mantenimiento, dejando constancia en las actuaciones.
ARTICULO SEXTO: Los precios en las Ofertas que se presenten y en los contratos que se formalicen, serán invariables. Cualquier variación en las alícuotas de los impuestos nacionales, provinciales y tasas municipales vigentes o a crearse en un futuro, no serán idóneas para modificar en más el precio final por el que se adjudique la contratación.
ARTICULO SEPTIMO: DESE intervención a la Dirección de Compras para dar prosecución a la Licitación Privada, conforme lo establecido por el art 153 de la Ley Orgánica para las Municipalidades, y art. 189 y 190 del Reglamento de Contabilidad.
ARTICULO OCTAVO: DESIGNESE a la Comisión Municipal Permanente de Evaluación de Ofertas de Concursos y Licitaciones, instituida por Decreto Nº 303/16 como responsable de evaluar y dictaminar en relación a las ofertas recibidas, sobre la conveniencia, aceptación y/o rechazo de las mismas conforme las prescripciones de la Ley Orgánica Municipal y el Reglamento de Contabilidad correspondiente. Al efecto, cumplidas que sea el procedimiento, DESE intervención a dicho Organismo para el cumplimiento del cometido para el cual fue creado. -
ARTICULO NOVENO: Establézcase que la adquisición de la unidad se atenderá con el Fondo para la Infraestructura Municipal, supeditándose la misma a los ingresos en el marco del respectivo financiamiento provincial.-
ARTICULO DECIMO: Regístrese, Publíquese y cumplido Archívese.
Jorge Cortés Gustavo Huala
Intendente Municipal Secretario de Gobierno y Hacienda