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Decreto Nº801

Decreto Nº 801

Alberti, 08/09/2020

Visto

La ampliación de Emergencia pública Sanitaria declarada por el Poder Ejecutivo Nacional mediante Decreto de Necesidad y Urgencia Decreto 260/2020, en virtud de la Pandemia declarada por la Organización Mundial de la Salud (OMS) con relación al coronavirus COVID-19, por el plazo de UN (1) año.

                        Lo previsto en el Decreto 132/2020 del Poder Ejecutivo de la Provincia de Buenos Aires, a través del cual se declara el estado de emergencia sanitaria en el ámbito de toda la Provincia de Buenos Aires, por el término de ciento ochenta (180) días a tenor de la enfermedad por el nuevo coronavirus (COVID-19), prorrogada mediante Decreto 771/20.

                        La declaración de emergencia sanitaria efectuada mediante Decreto 247/20, convalidado por Ordenanza 2404; y

 

Considerando

Que, la situación de emergencia pública sanitaria declarada por las autoridades nacionales y provinciales resultan necesarias  para la protección de la salud de los ciudadanos de nuestro país.

                        Que, el Municipio adhirió mediante Decreto 247/20 a los términos del Decreto provincial 132/20, norma esta última cuya vigencia ha sido prorrogada mediante Decreto 771/20.

                        Que, el estado de emergencia sanitaria resulta palmario, ello en virtud de la actual situación epidemiológica que afecta al país en su conjunto, impactando con mayor dureza en el interior de la Provincia de Buenos Aires a partir de las últimas semanas.

                        Que, sin perjuicio de las medidas de prevención ya adoptadas por el gobierno municipal, es necesario prolongar la declaración de emergencia, con la finalidad de posibilitar la adopción de aquellas medidas de carácter excepcional que contribuyan a disminuir  los riesgos de propagación del virus.

                        Que, en esa senda resulta adecuado prorrogar el plazo de vigencia de la declaración de emergencia oportunamente efectuada.

                        Que, en consecuencia

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE ALBERTI, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES

DECRETA

ARTÍCULO 1º: Prorrogar por el término de ciento ochenta (180) días, a partir de su vencimiento, el estado de emergencia sanitaria declarado en el ámbito del Partido de Alberti, en virtud de la Pandemia declarada por la Organización Mundial de la Salud (OMS) con relación al coronavirus COVID-19, mediante Decreto 247/2020, convalidado por Ordenanza 2404.--------------------------------------------------------------------

 

ARTICULO 2°: Prorrogar la vigencia de lo establecido en los artículos Segundo, Quinto primer párrafo y Noveno del Decreto 247/20.---------------------------------------------

 

ARTÍCULO 3º: Comuníquese a todas las dependencias municipales.----------------------

 

ARTÍCULO 4º: Remítase para su convalidación por el Honorable Concejo Deliberante.-------------------------------------------------------------------------------------------------

 

ARTÍCULO 5º Comuníquese, publíquese, regístrese y dese al registro Oficial de Decretos y archívese.-------------------------------------------------------------------------------------