Boletines/Alberti
Resolución Nº 17
Alberti, 28/09/2020
Visto y considerando
VISTO:
El proyecto de Aporte solidario y extraordinario para ayudar a morigerar los efectos de la pandemia, vinculado a los patrimonios de las personas humanas;
CONSIDERANDO:
Que la creación de este impuesto es con carácter de emergencia y por única vez, sobre los bienes existentes al 31 de diciembre de 2019.
Que se encuentran alcanzadas por el aporte las personas humanas y sucesiones indivisas residentes en el país, por la totalidad de sus bienes en el país y en el exterior, igual o superior a $ 200.000.000 (pesos doscientos millones) al 31 de diciembre de 2019; y las personas humanas y sucesiones indivisas residentes en el exterior por la totalidad de sus bienes en el país comprendidos y valuados igual o superior a $ 200.000.000 (pesos doscientos millones) al 31 de diciembre de 2019.
Que se considerará que son residentes en el país los agentes diplomáticos y consulares, el personal técnico y administrativo de las respectivas misiones y demás funcionarios públicos de la Nación y los que integran comisiones de las Provincias, da la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y Municipalidades que, en ejercicio de sus funciones, se encontraren en el exterior, así como sus familiares que los acompañaren.
Que el proyecto de Ley prevé un escalonamiento diferenciado de los aportes, para quienes tienen bienes situados en el país, y para quienes tienen bienes situados en el exterior; y, en ninguno de los casos, el impuesto supera el 6% del total de bienes sujetos al mismo.
Que lo recaudado por el impuesto será destinado:
Que el proyecto de Ley establece que el Estado Nacional estará obligado a realizar una aplicación federal de los fondos recaudados.
Que la aplicación, percepción y fiscalización del presente aporte extraordinario estará a cargo de la Administración Federal de Ingresos Públicos.
Por ello
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE ALBERTI, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES QUE LES SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE:
RESOLUCIÓN
ARTICULO 1°) El Honorable Concejo Deliberante del partido de Alberti adhiere al proyecto de Ley de Creación del Aporte solidario y extraordinario para ayudar a morigerar los efectos de la pandemia
ARTÍCULO 2°) Elevar copia de la presente a la Honorable Cámara de Diputados de la Nación, y a la Honorable Cámara de Senadores de la Nación.
ARTÍCULO 3°) De forma.