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Ordenanza Nº2426

Ordenanza Nº 2426

Alberti, 14/09/2020

VISTO:

La necesidad de continuar con el ordenamiento del tránsito en la ciudad cabecera; y,

CONSIDERANDO:

Que es facultad de este Cuerpo intervenir en lo que respecta al ordenamiento del tránsito,

Que en los últimos años, las obras de infraestructura en distintas calles de la ciudad, además de la jerarquización, han implicado una mayor frecuencia en lo que concierne a la circulación vehicular.

Que la estructura circulatoria es parte de los lineamientos del Código de Ordenamiento Urbano.

Que el ordenamiento del tránsito, en este caso, del sentido de circulación de las calles que se indican en el articulado,  contribuye de manera significativa a la seguridad de los vecinos y vecinas.

Por ello

 

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE ALBERTI, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES QUE LES SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE:

ORDENANZA

ORDENANZA

ARTICULO 1°) Designase con sentido único de circulación a las calles que a continuación se detallan:

  • Hna. Zanotti, entre Cánepa y Maestro Don José Oviedo Castillejo (sentido norte, contrario a las vías del ferrocarril).
  • Eva Perón, entre Cánepa y Maestro Don José Oviedo Castillejo (sentido sur, hacia las vías del ferrocarril).
  • Poeta Barbieri, entre Hipólito Yrigoyen e Intendente Rivara (sentido oeste, hacia Bragado).
  • Bolivar Sud, entre Duhalde e Ingeniero Klein (sentido este, hacia Chivilcoy).
  • Güemes, entre Av. Aristóbulo del Valle e Ingeniero Klein (sentido oeste, hacia Bragado).
  • Entre Ríos, entre Rio Bamba y Av. Aristóbulo del Valle (sentido oeste, hacia Bragado).
  • Bomberos Voluntarios, entre Av. Aristóbulo del Valle e Ingeniero Klein (sentido este, hacia Chivilcoy).
  • Lorenzo Bonino, entre Duhalde e Ingeniero Klein (sentido oeste, hacia Bragado).

ARTÍCULO 2°) Establézcase la colocación de los correspondientes carteles indicadores.

ARTÍCULO 3°) Tomen razón las dependencias correspondientes a sus efectos.

ARTÍCULO 4°) De forma.­