Boletines/General Lavalle

Decreto Nº713/2020

Decreto Nº 713/2020

General Lavalle, 23/09/2020

Visto

        El expediente municipal 4045-3399/2020 caratulado “CORONAVIRUS, MEDIDAS PREVENTIVAS”; y

 

Considerando

Que, se ha decretado la Emergencia Sanitaria tanto Nacional como Provincial, habiendo adherido nuestro Municipio.

 

         Que la Organización Mundial de la Salud (O.M.S.) lo declaró una pandemia de carácter mundial.

 

          Que el aislamiento dispuesto por el Gobierno Nacional, hace imposible el traslado de vecinos de Pavón a otras localidades para el pago de las Tasas Municipales.

          

         Que corresponde el dictado de un nuevo decreto, ad referéndum del Honorable Concejo Deliberante, el cual será refrendado por el Jefe de Gabinete.

EL INTENDENTE EN USO DE SUS FACULTADES

 

DECRETA:

ARTICULO 1º: Dispóngase que los días 28, y 29 de Septiembre del corriente, se procederá al cobro de Tasas Municipales en la Delegación Pavón, de acuerdo a la reglamentación que a continuación se establece.

a) En el horario de 10 a 14 horas, se procederá a la recepción de la Boleta de Pago y el monto correspondiente, extendiendo un recibo con firma y sello de empleado municipal y de la persona que se presente al pago, y sello de la Municipalidad, el cual contendrá la siguiente frase: “El presente recibo se otorga en forma provisoria, hasta tanto se emita la constancia pertinente por Caja Municipal (haciendo mención al número del presente Decreto)”.

b) En forma inmediata, se dará aviso al Área de Rentas, para que emita una Boleta actualizada.

c) Ingresado el Dinero por Caja en Palacio Municipal, se procederá a la impresión del comprobante de pago, el cual será entregado bajo constancia en la Delegación Municipal.

d) Estará a cargo la Sra. YAMILA MANZANARES, Legajo 826, en su carácter de Jefa de Área Administrativa de Pavón.

 

 

ARTICULO 2º: Dese la más amplia difusión al presente, a efectos se tome conocimiento por parte de los contribuyentes y/o obligados al pago.

 

ARTICULO 3º: El presente decreto se dicta en el marco de la emergencia en materia de salud pública, siendo ad referéndum del honorable Concejo Deliberante.

 

ARTICULO 4º: El presente decreto será refrendado por el Jefe de Gabinete.

 

ARTICULO 5º: Cúmplase, comuníquese a quién corresponda y dese al Registro Municipal.

 

 

 

 

 

 

 

TURCONI ANDREA VERONICA                                                                       JOSE H RODRIGUEZ PONTE

         JEFE DE GABINETE                                                                                     INTENDENTE MUNICIPAL