Boletines/General Villegas
Ordenanza Nº 5829/17
General Villegas, 13/07/2017
VISTO:
El Expediente N° 7014/17, iniciado por el Secretario de Obras y Servicios Públicos, solicitando autorizando para utilizar el saldo de del préstamo otorgado por el Banco de la Provincia de Buenos Aires, en la adquisición de maquinarias para incrementar el parque vial y automotor de las Direcciones de Servicios Urbanos y Dirección Vial; y
CONSIDERANDO:
Que la Secretaría de Hacienda y Finanzas, informa que del empréstito contraído con la entidad bancaria se han comprometido la suma de Pesos diecisiete millones novecientos un mil quinientos setenta y seis ($ 17.901.576), quedando un remanente de Pesos cinco millones noventa y ocho mil cuatrocientos veinticuatro ($5.098.424) y habiendo adquirido la totalidad de la maquinaria por la cual se impulsó.
Que por Ordenanza N° 5806 se facultó al Departamento Ejecutivo a contraer un préstamo con el Banco de la Provincia de Buenos Aires de hasta Pesos Veintitrés millones ($23.000.000) para ser destinado a la adquisición de dos retropalas, tres motoniveladoras, una pala cargadora, cuatro tractores y un tanque regador.
Que el empréstito fue tomado en el marco de la Ley N° 13.164, que habilita a los Municipios a adquirir bienes de capital
Que habiendo cumplido íntegramente el objeto por el cual fue concretada la operación corresponde ampliar el destino del remanente de los fondos para incrementar el parque vial y automotor de la Dirección de Servicios Urbanos y Dirección Vial.
Que es necesario elevarlo al Departamento Deliberativo para su intervención de ley.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES QUE LE SON PROPIAS, ACUERDA Y SANCIONA LA SIGUIENTE:
ORDENANZA
ARTÍCULO 1º: Autorícese al Departamento Ejecutivo a ampliar el destino de la suma de Pesos Cinco millones noventa y ocho mil cuatrocientos veinticuatro, remanente del préstamo contraído con el Banco de la Provincia de Buenos Aires en la adquisición de bienes de capital para ser destinados al parque vial y automotor de la Dirección de Servicios Urbanos y Dirección Vial.
ARTÍCULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial de Ordenanzas, cúmplase y archívese.