Boletines/General Villegas

Resolución Nº617/17

Resolución Nº 617/17

General Villegas, 21/07/2017

Visto

El Expediente Nº 4949/2006, correspondiente a la habilitación municipal de un comercio, perteneciente al señor Ezequiel Alberto Giovanella, dedicado a la explotación del rubros “Venta de Lubricantes y Baterías”, a partir del día 1 de febrero de 2006; y

Considerando

Que por Resolución Nº 487/12, se prorrogó la habilitación provisoria otorgada por Resolución 401/07 y subsiguientes renovaciones (fojas 82 y 83).

Que por Expediente Nº 4949/06 Alcance 5 el recurrente solicita cambio de firma a favor de Quevipel Hermanos S.H.

Que mediante Acta de Inspección Nº 2521 y Censo de Comercio e Industria Nº 2987, declara el recurrente no posee empleados en relación de dependencia (fojas 101 y 102).

Que Departamento Catastro suministra datos del inmueble e informa que el mismo no cuenta con plano de obra aprobado.                                       

Que según Acta de Constatación Nº 5615, obrante a fojas 123, el comercio ha dejado de funcionar con fecha 29 de marzo de 2017.

Que División Comercio e Inspección General a fojas 124, solicita registrar el cambio de firma y posterior baja del comercio,  la que será provisoria en el caso de no cumplimentar con la totalidad de los requisitos establecidos en la Ordenanza Nº 3666.

Que el Departamento de Rentas interviene a fojas 127, informando que el recurrente no registra deuda.

Que a fojas 131 se expide la Dirección de Asuntos Jurídicos.

Que corresponde dictar el acto administrativo pertinente.

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS

RESUELVE

ARTÍCULO PRIMERO: Regístrese el Cambio de Firma de un comercio dedicado a la explotación de los rubros “Venta de Lubricantes y Baterías”, denominación comercial “Quevipel Hermanos S.H.”, perteneciente a los señores Ezequiel Alberto Giovanella y David Raúl Giovanella, CUIT Nº 30-71224058-6 Codificadores de Rentas Nº 62900-15 y Nº 62900-30,  Cliente Nº 1363 – Usuario Nº 669 – Medidor Nº 22851 – 2 – Servicios Generales (T1G 27), con domicilio comercial en calle Jorge Newbery Nº 251 de la localidad de Cañada Seca, individualizado catastralmente como Circunscripción XIII, Sección A, Manzana 20, Parcela 5a, sin empleados en relación de dependencia, fecha de cambio de firma 1 de marzo de 2012.

ARTÍCULO SEGUNDO: Regístrese la baja del comercio enunciado en el artículo primero a partir del día 29 de marzo de 2017 atento a lo establecido por la legislación vigente y conforme a las constancias obrantes en el Expediente Nº 4949/06.

ARTÍCULO TERCERO: Deléguese en la Secretaría de Comercio e Inspección General, la facultad de notificar lo dispuesto precedentemente.

ARTÍCULO CUARTO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las oficinas de Secretaría de Seguridad, Dirección de Rentas, División Comercio e Inspección, División Centro de Cómputos, Contaduría, Procesamiento de la Recaudación; cúmplase y archívese.