Boletines/General Villegas

Resolución Nº605/17

Resolución Nº 605/17

General Villegas, 20/07/2017

Visto

El Expediente Nº 893/16 Alcance 1, iniciado por la señora Nora Beatriz Narpe, solicitando la habilitación municipal de un comercio dedicado a la explotación de los rubros “Venta de ropa y accesorios”, desde el 2 de febrero de 2016; y

Considerando

Que a fojas 15 y 16, se adjunta Acta de Inspección Nº 3830 y Censo de Comercio e Industria Nº 4105, mediante el cual la recurrente declara no contar con empleados en relación de dependencia.

Que a fojas 18 División Despacho de Obras y Servicios Públicos suministró los datos del inmueble.

Que División Comercio e Inspección General interviene a fojas 36, solicitando se registre la habilitación provisoria del comercio, observándose como requisito faltante el libre deuda municipal (Ordenanza Nº 3666 - Anexo I - Capítulo I - Artículo Primero – Inciso 6).

Que a fojas 42 Departamento de Rentas informa que la solicitante no posee otra actividad comercial inscripta a su nombre en este partido y que por un inmueble registra deuda en concepto de “Tasa por Alumbrado, Limpieza y Conservación de la Vía Pública”, “Fondo Solidario para la Obra Pública”, “Tasa de Seguridad y Defensa Civil” y “Pavimento”.

Que a fojas 44 el Coordinador de la Oficina de Catastro ratifica el informe obrante a fojas 18.

Que de las constancias obrantes en el mismo, surge que la recurrente cumplimenta parcialmente lo establecido por la Ordenanza Nº 3666.

Que a fojas 59 se expide la Dirección de Asuntos Jurídicos.

Que atento a ello, corresponde acceder a lo requerido.

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS

RESUELVE

ARTÍCULO PRIMERO: Regístrese la Habilitación Provisoria de un comercio dedicado a la explotación de los rubros “Venta de ropa y accesorios”, denominación comercial “Entre Trapos”, perteneciente a la señora Nora Beatriz Narpe, DNI Nº 17.168.169, Codificadores de Rentas Nº 62200-02 y 62200-07, NIS N º 1049041-06 – T1G – Servicios Generales, no contando con empleados en relación de dependencia, en el inmueble comercial ubicado en calle Mariano Moreno Nº 1170 de esta ciudad, individualizado catastralmente como Circunscripción I, Sección B, Manzana 41a, Parcela 6b, a partir del día 2 de febrero de 2016.

ARTÍCULO SEGUNDO: La habilitación provisoria concedida en el Artículo Primero, queda supeditada al cumplimiento de los requisitos municipales y/o provinciales y/o nacionales vigentes en la materia.

ARTÍCULO TERCERO: Concédase a la señora Nora Beatriz Narpe, DNI Nº 17.168.169, un plazo de Ciento Ochenta (180) días para cumplimentar los requisitos establecidos en la Ordenanza Nº 3666 y demás legislación regulatoria en la materia, bajo apercibimiento de aplicar las sanciones correspondientes.

ARTÍCULO CUARTO: Hágase saber que es obligación del contribuyente comunicar al Municipio cualquier cambio de la situación dentro de los treinta (30) días.

ARTÍCULO QUINTO: Déjase constancia que devengará automáticamente la obligación del contribuyente de abonar la “Tasa por Alumbrado Público”, correspondiente al período transcurrido entre la fecha de apertura y el primer cobro efectivo de la misma.

ARTÍCULO SEXTO: Deléguese en la oficina de Comercio e Inspección General, la facultad de notificar lo dispuesto precedentemente.

ARTÍCULO SEPTIMO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las Oficinas de División Centro de Cómputos, Secretarías de Seguridad y de Comercio e Inspección General, División Comercio e Inspección, Dirección de Rentas, Contaduría, Compras, Procesamiento de la Recaudación y Dirección de Asuntos Jurídicos; cúmplase y archívese.