Boletines/General Villegas
Resolución Nº 604/17
General Villegas, 20/07/2017
Visto
El Expediente Nº 2936/15 Alcance 2, donde se tramita la habilitación de un comercio, perteneciente a la señora Mariela Crusat, dedicado a la explotación de los rubros “Venta de Accesorios, Prendas de Vestir y Zapatería”, con fecha de alta 19 de septiembre de 2015, Contribuyente Nº 21518; y
Considerando
Que por Expediente Nº 2936/15 Alcance 3, agregado a fojas 39, la recurrente solicita la baja de la actividad comercial, desde el 15 de abril de 2017.
Que mediante Acta de Constatación Nº 6079, realizada el 2 de junio de 2017, se verificó que el comercio se encuentra cerrado (fojas 41).
Que el Departamento de Rentas interviene a fojas 47, informando que el contribuyente no registra deuda.
Que según las constancias obrantes en el expediente, se cumplimenta con lo establecido en la Ordenanza Nº 3666, Capítulo VIII, Artículos Decimotercero y Decimocuarto.
Que División Comercio e Inspección General, comunica la baja del comercio.
Que a fojas 51 se expide la Dirección de Asuntos Jurídicos.
Que corresponde el dictado del acto administrativo pertinente.
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS
RESUELVE
ARTÍCULO PRIMERO: Regístrese la baja a partir del día 15 de abril de 2017, del comercio perteneciente a la señora MARIELA CRUSAT, DNI Nº 23.757.540, Contribuyente Nº 21518, habilitado con los rubros “VENTA DE ACCESORIOS, PRENDAS DE VESTIR Y ZAPATERIA”, denominación comercial “MARIETTA”, Codificadores de Rentas Nº 62200-02, 62200-07 y 62200-04, NIS Nº 1053861-01 – T1REE – Residencial estacional, con domicilio comercial en calle Pringles Nº 1161 de esta ciudad, en el inmueble individualizado catastralmente como Circunscripción I, Sección B, Manzana 55e, Parcela 23, sin empleados en relación de dependencia atento a lo establecido por la legislación vigente y conforme a las constancias obrantes en el Expediente Nº 2936/15 Alcance 2.
ARTÍCULO SEGUNDO: Deléguese en la Secretaría de Comercio e Inspección General, la facultad de notificar lo dispuesto precedentemente.
ARTÍCULO TERCERO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las oficinas de Secretaría de Comercio e Inspección General, Secretaría de Seguridad, Dirección de Rentas, División Comercio e Inspección, División Centro de Cómputos, Departamento Catastro, Contaduría y Procesamiento de la Recaudación; cúmplase y archívese.