Boletines/General Villegas
Decreto Nº 1287/17
General Villegas, 27/07/2017
Visto
El Expediente Nº 7804/17, iniciado por los Representantes Legales del Instituto María Inmaculada, solicitando la realización de un Contrato de Colaboración por el período abril 2017- marzo 2018, a fin de cubrir el costo laboral de las horas cátedras del cuarto año de la carrera de Profesorado de Nivel Primaria; y
Considerando
Que por Ordenanza 5832, se convalidó el Contrato de Colaboración suscripto con el Instituto María Inmaculada de esta ciudad, tendiente a sostener los costos laborales que demanda las horas cátedras de cuarto año del Profesorado de Nivel Primaria, por el período aludido.
Que resulta imperioso concurrir en ayuda del Instituto ante la necesidad de continuar formando docentes que acompañen el crecimiento del Partido de General Villegas.
Que la Contaduría Municipal informa la imputación del gasto a fojas 6.
Que corresponde dictar el acto administrativo pertinente.
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS
DECRETA
ARTÍCULO PRIMERO: Otórgase un subsidio de Pesos Doscientos cincuenta mil ($ 250.000), al INSTITUTO MARÍA INMACULADA DE GENERAL VILLEGAS, destinado a solventar los costos laborales que demanda el dictado de las horas cátedras del cuarto año del Profesorado de Nivel Primaria, por el período abril 2017 –marzo 2018.
ARTÍCULO SEGUNDO: Por Tesorería, previa intervención de Contaduría líbrense los cheques, conforme se indica en el Artículo Primero.
ARTÍCULO TERCERO: La entidad beneficiada, deberá rendir cuenta documentada de la inversión que realice, dentro de los treinta (30) días de recibido el mismo. La falta de cumplimiento constituye causa para privar a la misma del derecho a percibir nuevos beneficios, quedando expedita la vía para demandar el cumplimiento de tal formalidad, o en su defecto, el reintegro de la suma otorgada (Artículo Nº 131 y concordantes del Reglamento de Contabilidad).
ARTÍCULO CUARTO: La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente, deberá ser imputado a la siguiente Partida del Presupuesto de Gastos:
Jurisdicción: |
Departamento Ejecutivo |
Subjuridicción: |
Conducción Superior |
Programas o Actividades Centrales: |
79 - Subsidio a Entidades del Sector Público y Privado |
Unidad Ejecutora: |
Intendente Municipal |
Financiamiento: |
132 |
Clase: |
5.1.7.0. |
Descripción de Clase: |
Transferencias a otras Instituciones Culturales y Sociales sin fines de lucro |
Programa y Actividad: |
79.00.00 |
Importe: |
$ 250.000.- |
ARTÍCULO QUINTO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las Oficinas de Secretarías de Hacienda y Finanzas y de Cultura y Educación, Contaduría, Tesorería y Dirección de Educación, cúmplase y archívese.