Boletines/General Villegas
Decreto Nº 1183/17
General Villegas, 13/07/2017
Visto
El Expediente Nº 7631/17, iniciado por la Comisión de la Capilla Nuestra Señora del Carmen de Villa Saboya, solicitando un subsidio destinado a solventar gastos de organización de las fiestas patronales a realizarse el día 16 de julio del corriente año; y
Considerando
Que esta Administración estima conveniente brindar el apoyo requerido.
Que la Contaduría Municipal informa la imputación del gasto a fojas 3.
Que corresponde dictar el acto administrativo pertinente.
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS
DECRETA
ARTÍCULO PRIMERO: Otórgase un subsidio de Pesos ocho mil ($ 8.000), a la Comisión de la Capilla Nuestra Señora del Carmen de Villa Saboya, destinado a solventar gastos de organización de las fiestas patronales a llevarse a cabo el día 16 de julio de 2017.
ARTÍCULO SEGUNDO: Por Tesorería, previa intervención de Contaduría, líbrese el cheque conforme se indica en el Artículo Primero.
ARTÍCULO TERCERO: La entidad beneficiada deberá rendir cuenta documentada de la inversión que realice, conforme lo establecen las normas vigentes. La falta de cumplimiento constituye causa para privar a la misma del derecho a percibir nuevos beneficios, quedando expedita la vía para demandar el cumplimiento de tal formalidad, o en su defecto, el reintegro de la suma otorgada (Artículo Nº 131 y concordantes del Reglamento de Contabilidad)
ARTÍCULO CUARTO: La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente, deberá ser imputado a la siguiente Partida del Presupuesto de Gastos:
Jurisdicción: |
Departamento Ejecutivo |
Subjurisdicción: |
1110101000 Conducción Superior |
Programas o Actividades Centrales: |
79 - Subsidio a Entidades del Sector Público y Privado |
Unidad Ejecutora: |
Intendente Municipal |
Fuente de Financiamiento: |
110 |
Clase: |
5.1.7.0. |
Descripción Clase: |
Transferencias a otras Instituciones Culturales y Sociales sin fines de lucro |
Programa y Actividad: |
79.00.00 |
Importe: |
$ 8.000 |
ARTÍCULO QUINTO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las oficinas de Secretaría de Hacienda y Finanzas, Contaduría y Tesorería; cúmplase y archívese.