Boletines/General Villegas
Decreto Nº 1180/17
General Villegas, 12/07/2017
Visto
El Expediente Nº 12778/16, iniciado por la Jefa Departamento de Rentas, solicitando se deje sin efecto la eximición en concepto de “Tasa por Alumbrado, Limpieza y Conservación de la Vía Pública”, “Fondo Solidario para la Obra Pública” y “Tasa de Seguridad y Defensa Civil”, al inmueble identificado catastralmente como Circunscripción XI, Sección A, Manzana 90, Parcela 15, Contribuyente Nº 8430, inscripto a nombre de Oscar Raúl Benítez, a partir del 27 de octubre de 2016, debido a la venta del mismo; y
Considerando
Que a fojas 2 obra constancia de la solicitud de certificado de deudas requerido por la Notaria María de las Mercedes Lynn Berecibar, de donde surge que la propiedad se vendió a la señora Alicia Beatriz Villegas.
Que a fojas 8 el Coordinador de la Oficina de Catastro consignó los datos del inmueble.
Que el Artículo 9º del Anexo I del Decreto Nº 684/03 “Reglamento del Título VII - De las Exenciones”, obliga a los beneficiarios o herederos de éstos, a comunicar cualquier cambio (fallecimiento, venta, alquiler, cesión, etc.), caso contrario el Municipio procederá al cobro de la Tasa, desde la fecha en que se generó el hecho.
Que el Artículo 13º de la Reglamentación antes citada, exige a las oficinas que detecten cambios en las circunstancias de los inmuebles beneficiados por la eximición por tramitaciones administrativas, que las informen al Departamento Ejecutivo.
Que resulta procedente el dictado del acto administrativo pertinente, a fin de dar de baja del listado de Eximiciones al Contribuyente mencionado.
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS
DECRETA
ARTÍCULO PRIMERO: Dése de Baja del Listado de Eximiciones de la “Tasa por Alumbrado, Limpieza y Conservación de la Vía Pública”, “Fondo Solidario para la Obra Pública” y “Tasa de Seguridad y Defensa Civil” a partir del 27 de octubre de 2016, al Contribuyente Nº 8430, inscripto a nombre de Oscar Raúl Benítez, correspondiente al inmueble ubicado en la Circunscripción XI, Sección A, Manzana 90, Parcela 15, debido a la venta del mismo, en concordancia con lo establecido en Decreto Nº 684/03 “Reglamento del Título VII - De las Exenciones”.
ARTÍCULO SEGUNDO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las Oficinas de División Centro de Cómputos, Dirección de Rentas, Contaduría, Secretaría de Desarrollo Social, Departamentos de Expedición y Catastro, División Comercio e Inspección, Procesamiento de la Recaudación y Tesorería; cúmplase y archívese.