Boletines/Lujan
Decreto Nº 1273
Lujan, 17/09/2020
CONTRATO DE LOCACION DE SERVICIOS - SECRETARIA DE DESARROLLO HUMANO
Visto
Que por Expediente 4069/003187/2020, se solicita la contratación de la Sra. Rocío Milagros Gómez, para prestar servicios en la Dirección de Niñez, Adolescencia y Juventud; y
Considerando
Que a fs. 1, se solicita la contratación a los fines de realizar tareas de atención de posibles pacientes niñas/os y/o adolescentes Covid-19, que se encuentren sin cuidados parentales ni persona responsable adulta significativo que pueda acompañar un proceso de internación y/o aislamiento por padecer esa enfer-medad en el marco de la pandemia.
Que a fs. 1, 9 y 20, tomó vista y presta conformidad la Secretaria de Desarrollo Humano.
Que de fs. 2 a fs.7 y de fs.10, a fs. 20 se adjunta documenta-ción de la Sra. Rocío Milagros Gómez.
Que a fs.9 tomó vista y conocimiento la Dirección de Recursos Humanos, informando que la postulante no pertenece al plantel de emplea-dos de esta Municipalidad de Luján.
Que a fs. 7 y fs. 22 vta, tomó vista y presta conformidad la Secretaria de Economía y Finanzas.
Que a fs.8 y fs.21, tomó vista e informó la imputación presu-puestaria la Contaduría Municipal.
Que el presente se dicta en virtud de las facultades otorgadas por el Artículo 107º y concordantes del Decreto Ley N° 6769/58 y sus normas modificatorias y complementarias y Artículo 45° de la Ley N° 14.656.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL
D E C R E T A
Artículo 1°.- Apruébase el Contrato de Locación de Servicios -------------- celebrado entre la Municipalidad de Luján y la Sra. Rocío Milagros GÓMEZ, D.N.I. N° 32.618.840, con domicilio en la calle Las Amapolas n° 638 de ésta ciudad, quien acepta realizar tareas de atención de posibles pacientes niñas/os y/o adolescentes Covid-19, que se encuentren sin cuidados parentales ni persona respon-sable adulta significativo que pueda acompañar un proceso de in-ternación y/o aislamiento por padecer esa enfermedad en el marco de la pandemia.-------------------------------------------------------
Artículo 2°.- La Municipalidad abonará a LA LOCADORA la suma -------------- total de pesos setenta y dos mil quinientos ($72.5000) que se abonarán en una cuota de pesos doce mil qui-nientos ($12.500), dos cuotas de pesos veinticinco mil ($25.000) y una cuota de pesos diez mil ($10.000), cada una (quedando a cargo de LA LOCADORA el pago de cualquier obligación fiscal que correspondiere, de LA MUNICIPALIDAD será la responsable de reali-zar los aportes previsionales ante el Instituto de Previsión So-cial (IPS).------------------------------------------------------
Artículo 3°.- El gasto que demande el cumplimiento de lo --------------- dispuesto por el artículo 2° será imputado a la si-guiente partida del Presupuesto de Gastos vigente:
25.- Secretaría de Desarrollo Humano.
45.01.- Protección y Promoción de la Niñez, Adolescencia y Familia.
110.- Tesoro Municipal.
01.- Gastos en Personal.
02.- Personal Temporario.
Artículo 4°.- Regístrese, tomen conocimiento quienes corresponda, -------------- notifíquese, publíquese y archívese.------------------
D E C R E T O N°1273.-
FR/rns