Boletines/Lujan
Decreto Nº 1219
Lujan, 09/09/2020
LA LEY NACIONAL N° 25.442 CUYO OBJETIVO ES LA INSTRUMENTACIÓN DE UN RÉGIMEN PARA LA RECUPERACIÓN DE
Visto
La Ley Nacional N° 25.442 cuyo objetivo es la instrumentación de un régimen para la recuperación de la producción ovina. La Ley N° 26.680, que prorroga por diez (10) años a partir del día 5 de abril de 2011, la vigencia de la obligación contemplada en el artículo 16 de la Ley 25.422 para la Recuperación de la Ganadería Ovina.
Considerando
Que en los últimos años se ha producido un considerable aumento en el precio de las carnes, lo cual hace muy importante el desarrollo de producciones de carne alternativas, menos costosas que la vacuna.
Que la carne ovina representa un sustituto de la carne vacuna con elevado contenido de proteínas, vitaminas (tiamina, riboflavina, niacina, B6 y B12) y minerales (hierro y zinc).
Que la ganadería ovina es una alternativa concreta de producción y diversificación, dentro de un sistema de sustentabilidad medioambiental, social y económica.
Que en el partido existen tierras ociosas de baja aptitud de uso adaptables a sistemas de cría y engorde de ganado ovino.
Que el partido cuenta con una afluencia importante de turistas que permite posicionar el "Cordero Lujanense" como atractivo importante dentro de las ofertas gastronómicas de la ciudad.
Que es imprescindible garantizar un precio justo para todos los eslabones de la cadena de comercialización, de manera que se pueda revertir el estado actual de la oferta, dada su atomización, escasez y discontinuidad.
Que existe un elevado grado de informalidad en el mercado de carne ovina, por lo cual resulta importante facilitar la formalización de la actividad.
Que en la zona se cuenta con frigoríficos con capacidad ociosa.
Que el presente se dicta en virtud de las competencias otorgadas por el artículo 107º y concordantes del Decreto Ley N° 6.769/58.
Por ello;
El INTENDENTE MUNICIPAL
D E C R E T A
Artículo 1°.- Créase el "Programa de Recuperación de la Producción Ovina".
Artículo 2°.- Los objetivos del Programa serán:
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A. Fomentar la producción ovina en el Partido de Luján.
B. Incorporar tecnología en la producción ovina, para mejorar la eficiencia productiva.
C. Incrementar la producción de carnes alternativas.
D. Mejorar la utilización de suelos marginales.
E. Fomentar el asociativismo y las formas de integración.
F. Lograr la participación directa de los productores en la cadena de valor.
G. Fomentar el agregado de valor de forma local.
H. Fortalecer el turismo gastronómico.
I. Fomentar la exportación de carne y genética.
J. Contribuir al arraigo rural.
K. Formalizar la actividad de la producción ovina.
Artículo 3°.- Desígnase como Autoridad de Aplicación del Programa a la ------------- Dirección de Gestión Agroalimentaria, dependiente de la Subsecretaría de Producción y Desarrollo Sustentable.
Artículo 4°.- Este programa desarrollará las siguientes líneas de acción:
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A. Crear la Mesa Ovina de Luján.
La misma nucleará a los productores ovinos y asociaciones de productores del Partido de Luján, técnicos del INTA y la UNLu, y representantes del Municipio de Luján, con la finalidad de asesorar respecto a las políticas públicas referidas al sector y tratar diversos temas relacionados a la cadena productiva.
B. Facilitar la presentación de proyectos productivos ovinos para la obtención de financiamiento para la incorporación de tecnologías.
Se asesorará y acompañará a los productores en la presentación de proyectos productivos ovinos para la obtención de financiamiento, tanto del fondo otorgado en el marco de la Ley Nacional 25.422 prorrogada por Ley 26.680, como otros que se generen en el futuro. Así, mejorar la eficiencia productiva de las majadas y la incorporación y/o promoción en la incorporación de nuevas razas.
C. Desarrollo de estrategias comerciales.
Se desarrollará una estrategia comercial para posicionar al "Cordero Lujanense" dentro de la provincia de Buenos Aires. Para esto se trabajará en articulación con la Secretaría de Culturas y Turismo y el sector gastronómico. En el marco de esta estrategia, se
elaborará y llevará adelante un Plan de marketing que incluya acciones como publicidades, charlas, jornadas, exposiciones, festivales etc.
D. Capacitaciones.
Facúltese a la autoridad de aplicación para organizar y realizar jornadas de actualización sobre producción ovina y talleres de formación para el manejo de rodeos, en articulación con las instituciones reconocidas en el sector
E. Asistencia técnica y seguimiento del plan sanitario.
Se articulará con la Agencia INTA Luján y SENASA para la realización de asistencia técnica y seguimiento de los planes sanitarios.
F. Estrategias de agregado de valor a la carne ovina.
Se convocará a los productores a realizar faena en conjunto en frigoríficos de la zona, preferentemente del Municipio. Se promoverá la instalación de una carnicería para el desposte, producción de chacinados y venta al público de manera directa. Además, se articulará con la UNLu e INTA para el desarrollo de productos cárnicos a partir de cordero.
G. Exportación de carne ovina y genética.
En articulación con la Oficina de Comercio Exterior, se convocará a los productores a generar un consorcio de exportación con la finalidad de poder comercializar los saldos exportables en mercados externos, así como también exportar semen y reproductores en pie.
Artículo 5°.- Este programa se llevará a cabo con los recursos de la ------------- Subsecretaría de Producción y Desarrollo Sustentable, no requiriendo erogaciones adicionales por parte del municipio.
Artículo 6°.- Regístrese, tomen conocimiento quienes corresponda, -------------- notifíquese, publíquese y archívese.
D E C R E T O N°1219.-