Boletines/Bragado
Decreto Nº 562
Bragado, 13/07/2020
Visto
VISTO: La aprobación por parte del Honorable Concejo Deliberante de la Ordenanza N° 5288/20 referente a Ratificar los Decretos Nº 338, 341, 342, 370, 396, 397, 409, 410, 411, 412,416, 420 y 422, 441, 442, 446, 448, 449, 454, 455, 470,475, 502, y 519 dictados por el Departamento ejecutivo en cuanto se realicen recomendaciones, reglamentaciones, prohibiciones y se establezcan sanciones en materias de competencia del Honorable Concejo Deliberante de Bragado, conforme la Constitución Nacional, Provincial, Ley Orgánica de las Municipalidades, Ordenanzas vigentes y demás legislación vigente; y
Considerando
CONSIDERANDO: Las facultades conferidas por el art 108 inc 2° de la Ley Orgánica de las Municipalidades; Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL D E C R E T A
ARTICULO 1°.- PROMULGAR la Ordenanza N° 5288/20 referente a Ratificar los Decretos Nº 338, 341, 342, 370, 396, 397, 409, 410, 411, 412,416, 420 y 422, 441, 442, 446, 448, 449, 454, 455, 470,475, 502, y 519 dictados por el Departamento ejecutivo en cuanto se realicen recomendaciones, reglamentaciones, prohibiciones y se establezcan sanciones en materias de competencia del Honorable Concejo Deliberante de Bragado, conforme la Constitución Nacional, Provincial, Ley Orgánica de las Municipalidades, Ordenanzas vigentes y demás legislación vigente. ARTICULO 2°.- Refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno Y Personal. H.V.GATICA. M. TOMASINO. ARTICULO 3°.- FIRMAR, REGISTRAR, COMUNICAR, PUBLICAR, DAR AL BOLETIN OFICIAL Y ARCHIVAR.