Boletines/General Belgrano

Decreto Nº0807/2020

Decreto Nº 0807/2020

General Belgrano, 08/06/2020

Visto

las solicitudes realizadas ante la Dirección de Promoción Social, solicitando una ayuda económica para solventar diferentes gastos; y,

Considerando

Que los informes socioeconómicos realizados por la citada Dirección demuestran que es necesario hacer lugar a lo peticionado.

Que de acuerdo al artículo 2º, inciso a) de la  Ordenanza Nº 158/12, el Departamento Ejecutivo se encuentra facultado a entregar dinero en efectivo.

                                   Por ello;

EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES

D E C R E T A

Artículo 1°: Otorgar un subsidio a las personas y por los montos que a continuación se detallan:

APELLIDO Y NOMBRE

DNI

MONTO

Arrache, Francisco

45.132.036

$ 1.000.-

Cuello, María Elena

12.026.157

$ 3.000.-

De Felipe, Grecia Ester

39.277.651

$ 2.500.-

Deglialberti, Roberto Oscar

8.333.504

$ 1.000.-

Díaz, Cristina Noemí

16.845.906

$ 2.000.-

Grassi, Darío Hernán

23.610.216

$ 2.000.-

Insausti, Esther Mabel

4.082.674

$ 500.-

Micieli, Gisela Elizabeth

34.462.568

$ 3.200.-

Micieli, Noemí Antonia

10.580.330

$ 2.000.-

Pallero, Olga Noemí

14.030.402

$ 1.000.-

Parareda, Daniel Omar

18.464.306

$ 3.000.-

Ponce De León, Nancy Susana

21.868.743

$ 2.000.-

Quiroga, María Eva

29.637.144

$ 1.500.-

Redruello, María Magdalena

27.290.233

$ 2.000.-

Rivero, Agustín Abel

43.519.360

$ 2.000.-

Schwab, Hugo Hernán

12.493.805

$ 1.000.-

Sotelo, Daniel

12.643.375

$ 2.000.-

Verga, Julia Gabriela

22.535.649

$ 1.700.-

Wila, Margarita Teresa

17.827.441

$ 1.500.-

Artículo 2°: Lo dispuesto en el artículo anterior será imputado a la Jurisdicción 1110102000 – Programa 25 – Actividad 02 – Inciso 5.1.4.0 del Presupuesto de Gastos vigente.--

Artículo 3°: Disponer que el subsidio otorgado por medio del presente no deberá presentar rendición de cuenta.--

Artículo 4°: Establecer que el presente Decreto será refrendado por el Secretario de Gobierno Lic. Roman Della Vedova.--

Artículo 5°: Cúmplase, comuníquese a quienes corresponda, tomen razón Contaduría, Tesorería, Promoción Social, dese al Registro Oficial del Municipio, publíquese, archívese.--