Boletines/Mercedes
Decreto Nº 768/2020
Mercedes, 02/09/2020
Visto
La Resolución Nº 9/2020, en el marco del expediente Nº 29/2020, del Honorable Concejo Deliberante, donde se solicita al Departamento Ejecutivo se evalué la eximición de la Tasa de Inspección por Seguridad e Higiene, en todas las actividades que se vieron suspendidas por no haber sido consideradas esenciales; y
Considerando
Que por medio de la Ordenanza Impositiva 8353/19 se estableció, para el ejercicio fiscal 2020, el calendario de vencimientos para el cumplimiento de los deberes formales y materiales de los contribuyentes;
Que mediante Decreto Nacional N° 260/2020, se amplió por el plazo de un (1) año, la emergencia pública en materia sanitaria establecida en la Ley N° 27541, en virtud de que la Organización Mundial de la Salud declaró la pandemia con relación al Coronavirus COVID-19;
Que en dicho contexto se dictó el Decreto Provincial N° 132/2020, mediante el cual se declaró la emergencia sanitaria en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires por el término de ciento ochenta (180) días;
Que los Decretos Provinciales N° 180/2020, N° 255/2020 y N° 282/2020 prorrogaron el plazo de la suspensión dispuesta por el artículo 3° del Decreto N° 132/2020; siendo la última vigencia, de la misma, hasta el día 28 de Junio del corriente, inclusive;
Que, por Decreto Nacional N° 297/2020, se dispuso hasta el 31 de marzo de 2020, el aislamiento social, preventivo y obligatorio; prorrogado por Decretos Nacionales N° 325/2020, N° 355/2020, N° 408/2020 y Nº 520 /2020, encontrándose vigente dicha medida hasta el día 28 de junio del corriente, inclusive;
Que, de acuerdo con los Decretos Municipales N° 329/20 y 344/20, se adhirió con lo dispuesto en los niveles nacional y provincial;
Que en el referido marco de emergencia y con el fin de aliviar la situación de los contribuyentes, esta Municipalidad estimó oportuno posponer el vencimiento de determinadas obligaciones, habiendo dictado, en consecuencia, el Decreto N° 616/2020 con relación a la Cuota Nº 3 de la Tasas de Servicios Generales y la Cuota Nº 1 del Impuesto de Patentes de Automotores (municipalizados) y el Decreto Nº 497/2020 con relación a la Cuota Nº 1 de la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene, modificando el calendario de vencimientos;
Que luego de varias reuniones mantenidas en el ámbito del Honorable Concejo Deliberante con integrantes del mismo, representantes de la Cámara Económica Mercedina e integrantes del Departamento Ejecutivo, y atento al mantenimiento de las circunstancias oportunamente evaluadas, es que resulta necesario adoptar estas nuevas medidas, que más abajo se disponen;
Que han tomado intervención la Dirección de Ingresos Públicos y la Subsecretaria de Gobierno y Asuntos Jurídicos;
Que, por ello, el SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de las facultades legales que le son propias,
DECRETA:
ARTICULO 1º.- Eximir del pago de la Cuota Nº 3 de la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene a aquellos contribuyentes que siendo:
Responsables Inscriptos:
Responsables Monotributistas:
ARTICULO 3º.- Eximir del pago de la Cuota Nº 4 de la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene a aquellos contribuyentes que siendo:
Responsables Inscriptos:
Responsables Monotributistas:
ARTICULO 4º.- Las solicitudes de eximición se canalizarán para los:
Responsables Inscriptos:
Responsables Monotributistas:
ARTICULO 5º.- Elévese el presente ad referéndum del Honorable Concejo Deliberante para su convalidación.
ARTICULO 6º.- Regístrese, comuníquese, publíquese. Cumplido archívese.