Boletines/General Pueyrredon
Resolución Nº 1252/20
General Pueyrredon, 24/09/2020
Visto
el expediente nº 3592/3/2020 cuerpo 01, relacionado con el predio ubicado en la calle Falucho nº 5233, designado catastralmente como Circ. 6, Secc. C, Cod. 1, Manz. 237 1D, Fracc. 00, Parcela 0017, y
Considerando
Que con fecha 20 de Mayo de 2020, la Dirección General de Inspección General recibe el reclamo nº 23778/20, y con fecha 11 de Junio de 2020 realiza una primera inspección mediante la cual informa que el predio indicado se encuentra en malas condiciones de higiene, con restos de escombro y residuos sólidos atentando contra la salubridad pública.
Que con fecha 16 de junio de 2020 se diligenció cédula de notificación al titular del inmueble, mediante la cual se intima a que en el plazo de diez (10) días corrido proceda al desmalezamiento, corte de césped, retiro de residuos, limpieza y higienización en el interior de la propiedad y la acera.
Que con fecha 01 de julio de 2020 la Dirección General de Inspección General concurre al lugar labrando Acta de Inspección nº A 21730 indicando que no se dio cumplimiento a lo intimado, notificando al titular del predio mediante Acta de Constatación nº 714270.
Que la Dirección de Dictámenes de la Subsecretaría Legal y Técnica ha dictaminado a fs. 14 vta. que “(...) esta Dirección considera que se hallan cumplidos los presupuestos impuestos en los art. 5,6 y 7 de la Ordenanza Nº 21292 y que habiéndose constatado que se encuentra comprometida la salubridad pública, siendo éste el único supuesto en que la Municipalidad está facultada a allanar domicilios de acuerdo al art. 108º inc. 5) de la L.O.M. y art. 24º de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires- correspondería propiciar el dictado del acto administrativo que así lo disponga, al solo efecto de hacer cesar la afectación a la salubridad y seguridad pública aludida.”.-
Por ello, y en uso de las facultades delegadas por Decreto nº 916/20,
EL SECRETARIO DE GOBIERNO
RESUELVE
ARTÍCULO 1º.- Disponer el allanamiento del predio ubicado en la calle Falucho nº 5233, designado catastralmente como Circ. 6, Secc. C, Cod. 1, Manz. 237 1D, Fracc. 00, Parcela 0017, por los motivos expuestos en el exordio y a los efectos de proceder por administración a la realización de los trabajos de higienización con cargo al propietario o responsable, de acuerdo a las previsiones del art. 108º inc. 5) de la Ley Orgánica de las Municipalidades y art. 24º de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires.
ARTÍCULO 2º.- Requerir el auxilio de la fuerza pública, y servicio de cerrajería, si resultara necesario, con miras al cumplimiento de lo dispuesto en el artículo anterior.
ARTÍCULO 3º.- Registrar, dar al Boletín Municipal, comunicar y a los efectos que correspondan, tome intervención la Subsecretaría de Inspección General y el Ente Municipal de Servicios Urbanos y notificar al Tribunal Municipal de Faltas.
da.
BONIFATTI