Boletines/Carlos Tejedor
Decreto Nº 831/20
Carlos Tejedor, 30/04/2020
Visto
VISTO Y CONSIDERANDO:
Que las Leyes 11001/63 y 7738/71, establecen la necesidad de disponer de los medios para desarrollar una acción de defensa civil integral y la creación de un comité de crisis; por cuanto resulta imprescindible además, contemplar la posibilidad de lograr y mantener un estado de previsión y preparación permanente para una inmediata acción contra los eventuales estragos derivados de agentes tectónicos, meteorológicos, siniestros, derrames, escapes tóxicos, plagas, etcétera.
Que el concepto de la defensa civil involucra el conjunto de medidas preventivas y/o reparadoras, no agresivas, en caso de emergencia o peligro público, tendientes a conjurar y reducir los efectos o estragos eventuales de cualquier naturaleza.
Que Compete a la Sra. Intendenta Municipal, adoptar las previsiones y medidas de carácter general tendientes a prevenir, evitar, reducir, y reparar los efectos de las acciones o estragos resultantes de agentes naturales o no (tectónicos, meteorológicos, inundaciones, incendios, plagas, fugas, derrames, pestes, etc.) y que por sus características y naturaleza escapan al control de la organización normal de los servicios públicos y privados.
EL INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus atribuciones-
D E C R E T A:
ARTICULO 1º. Designase para integrar la Junta Municipal de Defensa Civil, en el marco de la Ley 11001/1/63 y Ley 7738/71 (Comité de Crisis), a las siguientes personas, a cargo de las funciones que cada caso se especifican:
Reemplazante: Sub-Comisario Julio Silva.
SubJefe: Oficial de Enlace (911-101): Sub Comisario Danilo Mascheroni y Oficial Sub Inspector Maximiliano Calvo.
Reemplazante: Sra. Mirna Caparelli
Jefa: Sra. Macarena Managó.
Delegados Muncipales
Presidente Sociedad Rural
Gerente Cooperativa Eléctrica
Gerente Cia. de Gas Camuzzi
Sr. Jefe de Correos
Srs. Propietarios de Maquinas Agrícolas y Camiones
Sra. Inspector Jefe Distrital
Directores de Escuelas
Gremios Docentes
ARTICULO 2º. Comuníquese, regístrese y archívese.