Boletines/Rivadavia

Decreto Nº726/2020

Decreto Nº 726/2020

Rivadavia, 20/07/2020

Visto

            La continuidad del  estado de emergencia sanitaria decretada en el ámbito de la provincia de Buenos Aires en adhesión al Decreto de Necesidad y Urgencia Nº297/2020 dictado por el Estado Nacional que establece el “aislamiento social, preventivo y obligatorio”,

Considerando

                              Que, mediante Decreto Nº 339 de fecha 13 marzo de 2020 este Municipio declaró el estado de emergencia sanitaria para el Partido de Rivadavia;

                               Que en concordancia con las normas nacionales y provinciales el estado de emergencia en nuestro Distrito fue prorrogado por Decretos Municipales 390/20, 426/20, 447/20, 483/20, 530/20, 562/20, 620/20 y 673/20;

                                Que si bien en nuestro Partido no contamos con casos positivos del COVID-19, el crecimiento de los contagios es progresivo, habiendo llegado a ciudades vecinas;

                                Que a fin de mantener nuestra actual situación epidemiológica se deben extremar las medidas tendientes al control de todas aquellas personas que por razones de necesidad debidamente justificadas deban ingresar a nuestro Distrito;

                              Que esta situación hizo necesario afectar personal municipal al servicio brindado por la Guardia Urbana Municipal, quienes cumplirán funciones de Inspectores Municipales, con las facultades suficientes para el ejercicio de Poder de Policía Preventiva, en un todo de acuerdo a los términos del Decreto Municipal N°345/20 ;

                              Lo establecido en el artículo 19º de la Ordenanza N° 4022/17 – Estatuto para el Personal Municipal de Rivadavia;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE RIVADAVIA, EN USO DE SUS FACULTADES

D  E  C  R  E  T  A

ARTICULO 1º.-  En el marco de la Emergencia Sanitaria vigente y de acuerdo a lo  establecido en los exordios del presente Decreto, aféctase a los agentes municipales que se detallan a continuación para desempeñar funciones de Inspectores Municipales:

Leg.

Apellido y Nombre

Doc. Nº

1439

BARCENILLA, María Marta

25.742.587

1706

CAMPAGNOLI, María José

32.234.317

1265

ECHENIQUE, Andrea Noemí

25.300.682

1391

FUNGO, María Laura

23.308.892

1233

HOLGADO, Rubén Oscar

14.458.857

1369

LUNA, Ana Celia

25.342.716

1692

MANZONE,  Gisela Paola

33.512.055

1657

MORALES, Mario Alberto

17.827.967

1435

MORMONT, Irma Haydee

33.985.208

548

PONCE, Eduardo Adrián

18.184.534

ARTICULO 2º.- El Personal detallado en el artículo anterior tendrá facultades   suficientes para el ejercicio del Poder de Policía Preventiva y representará a la Municipalidad de Rivadavia en el contralor y cumplimiento de toda disposición local, provincial y/o nacional destinada a proteger el interés público, en los términos del artículo 286 de la Ley Orgánica de las Municipalidades.-

ARTICULO 3º.- Las designaciones establecidas en el presente Decreto tendrán   vigencia a partir del 01/07/2020 por el tiempo que se considere necesario en atención a la situación epidemiológica.-

ARTICULO 4º.-  Tome conocimiento del presente  la Oficina de Personal a los efectos  que correspondan.-

ARTICULO 5º.- Comuníquese, regístrese y archívese.-

 

        DAIANA MAGALI PÉREZ                                                                                         JAVIER ULISES REYNOSO

          Secretaria de Gobierno                                                                                          Intendente Municipal