Boletines/Bahia Blanca
Ordenanza Nº 20062
Bahia Blanca, 21/08/2020
VISTO
El proyecto de Ordenanza por el cual se establecerá como Peatonal Permanente a la calle “Anchorena”, entre calles Brown y Arribeños, dando de este modo respuesta a la intención de la Secretaría de Movilidad Urbana y Espacios Públicos de promover de manera continua una mayor cantidad de espacios públicos en la ciudad de Bahía Blanca; y
CONSIDERANDO
Que es intención de la Secretaria de Movilidad Urbana y Espacios Públicos, propiciar el uso de los espacios públicos de la ciudad, así como también incentivar la creación de nuevos con el fin de generar novedosas áreas para lo vecinos.
Que el Proyecto que aquí se pretende desarrollar favorecerá la vinculación de sectores comerciales históricos y con edificios patrimoniales de la ciudad, con el espacio de a Plaza Ricardo Lavalle, lográndose una nueva identificación cultural y social para los vecinos que visitan ese espacio, favoreciendo la paulatina transformación de las calles angostas y actualmente saturadas de vehículos estacionados, en nuevas áreas para encuentro social y de esparcimiento.
Que actualmente la zona delimitada por las calles Anchorena, entre Brown y Arribeños presenta veredas demasiado angostas y con distintos obstáculos, lo cual hace que la circulación peatonal segura sobre dichos espacios resulte dificultosa, por lo que la intervención de ese espacio posibilitará la reubicación de los postes con señales indicatorias que allí se encuentran, dado que actualmente son los que impiden el desplazamiento de una persona sobre las veredas perimetrales.
Que la intervención inicial sobre calle Anchorena tendrá carácter de peatonalización total y permanente, y contará con mobiliario de tipología y diseño uniforme para espacios públicos; pudiendo además disponer para quienes lo deseen, de extensiones al aire libre del servicio gastronómico de los negocios de comidas allí existentes; buscando que los mismos presenten propuestas adaptadas al espacio que se pretende peatonalizar, manteniendo un mismo lineamiento estético y morfológico, sujeto a la aprobación previa por parte de la Dirección de Planificación Urbana dependiente de la Secretaria de Movilidad Urbana y Espacios Públicos.
Que las nuevas actividades propuestas requerirán de una mejor iluminación en todo el sector, lo que lleva indefectiblemente a beneficiar la seguridad barrial, y la puesta en valor de los edificios históricos patrimoniales allí existentes.
Que esta obra será el punto de partida para futuras peatonalizaciones y semipeatonalizaciones sobre las calles contiguas, como ser Arribeños y calle Beltrán, lo cual permitirá el surgimiento de una nueva identidad social y cultural en todo el sector. Por todo lo expuesto, el H.Concejo Deliberante en uso de sus facultades, sanciona con fuerza de,
ORDENANZA
Artículo 1º - Créase la zona peatonal en calle Anchorena entre calles Brown y Arribeños de la ciudad de Bahía Blanca, en carácter de Peatonal Permanente, prohibiéndose la circulación de todo tipo de vehículo sobre dicha zona, ya sea que se trate de vehículos motorizados como automóviles y motos, así como también bicicletas, monopatines eléctricos, etc.
Artículo 2º - Prohíbase el estacionamiento de todo tipo de vehículos en ambas manos de la calle mencionada en el artículo 1º, y en las siguientes calles:
a) Arribeños, entre calles Donado y Beltrán.
b) Beltrán, entre calles Arribeños y Brown.
Artículo 3º - Podrán hacer uso del espacio público los comercios frentistas que cuenten con la habilitación correspondiente, en forma proporcional a la extensión de su frente.
Artículo 4º - Autorizase al Departamento Ejecutivo a realizar las modificaciones que crea convenientes, en virtud de la relocalización de las paradas de abastecimiento existentes en el lugar.
Artículo 5º - Comuníquese al Departamento Ejecutivo para su cumplimiento.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BAHIA BLANCA A LOS TRECE DIAS DEL MES DE AGOSTO DE DOS MIL VEINTE.