Boletines/Adolfo Alsina
Ordenanza Nº 4471/20
Adolfo Alsina, 01/07/2020
VISTO: El Expediente Municipal N° 4001-1762/19.
Que, la Ordenanza N° 4370/19 modifica el Artículo 2°, de la Ordenanza N° 2109/97, por el cual se destina el predio donado a la construcción de la Escuela de Enseñanza Secundaria Técnica N° 1, de la ciudad de Carhué.
Que, la Ordenanza N° 4371/19 autoriza a transferir a título gratuito a la Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires el inmueble municipal identificado catastralmente como: Circunscripción 1, Sección E, Manzana 183 B, Parcela 1, Partida 15.695.
Que, el pedido formulado por Emanuel Godoy, Director de Planificación y Seguimiento de Gestión de la Dirección General de Cultura y Educación, donde especifica que los terrenos cedidos para la construcción del edificio de la Escuela de Enseñanza Secundaria Técnica N° 1 no posee las dimensiones que requiere dicho Proyecto. Y;
CONSIDERANDO: Que, según informa el Consejo Escolar de Adolfo Alsina, su pretensión sería permutar los terrenos originariamente otorgados para tal fin, por otros que cumplen los requisitos de superficie solicitados, cuya nomenclatura catastral es la siguiente: Circunscripción I, Sección E, Quinta 184, Manzana 184 b, Parcela 1, Partida 25.594 (Superficie 1032.62 m2), Circunscripción I, Sección E, Quinta 184, Manzana 184b, Parcela 2, Partida 25.782 (Superficie 983.11 m2), Circunscripción I, Sección E, Quinta 184, Manzana 184 B, Parcela 7, Partida 25.787 (Superficie 644.00 m2) y Circunscripción I, Sección E, Quinta 184, Manzana 184 B, Parcela 8, Partida 25.788 (Superficie 846.21 m2).
Que, la donación se perfeccionó oportunamente, transfiriendo el dominio a la Provincia de Buenos Aires; por ello, y dado que el acto de donación se ofreció con un destino específico, es necesario autorizar la modificación del mismo, para que la Dirección General de Cultura y Educación pueda afectar la parcela a la construcción del edificio de la Escuela de Enseñanza Secundaria Técnica N° 1. Por ello:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE ADOLFO ALSINA, EN USO DE SUS FACULTADES LEGALES, APRUEBA Y SANCIONA LA SIGUIENTE:
ORDENANZA
Artículo 1°.- Solicitar fehacientemente a la Dirección General de Escuelas y Cultura de la Provincia de Buenos Aires, que restituya el inmueble cuyos datos catastrales resultan ser: Circunscripción I, Sección E, Manzana 183 B, Parcela 9.
Artículo 2°.- Se autoriza al Departamento Ejecutivo a ceder por el término de cinco (5) años a la Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires los inmuebles de propiedad municipal, con todo lo plantado, clavado y demás adherido al suelo, ubicado en la ciudad de Carhué, Partido de Adolfo Alsina, Provincia de Buenos Aires, identificado catastralmente como: Circunscripción I, Sección E, Quinta 184, Manzana 184 B, Parcelas 1, 2, 7 y 8, Partidas 25.594, 25.782, 25.787 y 25.788, para que sea destinado a la construcción de la Escuela de Enseñanza Secundaria Técnica N° 1. Si en el plazo descripto, no se ha comenzado a construir, quedará sin efecto la cesión y el inmueble regresará al patrimonio municipal.
Artículo 3.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo.
DADA Y SELLADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE ADOLFO ALSINA, A LOS VEINTICUATRO DIAS DEL MES DE JUNIO DE DOS MIL VEINTE.
Fdo.: “Abel Pablo Sánchez – Secretario Legislativo H.C.D. Adolfo Alsina, Juan Carlos De Ortúzar – Presidente H.C.D. Adolfo Alsina”