Boletines/Adolfo Gonzales Chaves

Decreto Nº445/2020

Decreto Nº 445/2020

Adolfo Gonzales Chaves, 18/05/2020

Visto

Las funciones desempeñadas por los trabajadores municipales de planta permanente y/ó temporaria que cumplan tareas como maquinistas de motoniveladora en el sector Servicios Públicos, área de Construcción, Conservación y Señalización de la Vía Pública; y

Considerando

Las atribuciones emanadas de la Ley 14.656, artículo 6º, último párrafo, que reza: “Los derechos detallados son meramente enunciativos y el Municipio podrá instituir con carácter permanente o transitorio, general o sectorial, otras bonificaciones”;

Por ello;

El INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de las facultades que le son propias;

D E C R E T A:

 

ARTICULO 1º.- Establécese a partir del día 1º de Mayo de 2020, la suma de Pesos DIECISÉIS MIL ($ 16.000) mensuales, en concepto de Bonificación Sectorial especial remunerativa y no bonificable, para los trabajadores municipales de planta permanente y/ó temporaria que cumplan tareas como maquinistas de motoniveladora en el sector Servicios Públicos, área de Construcción, Conservación y Señalización de la Vía Pública de este Municipio.-

 

ARTICULO 2º.- El gasto que demande será imputado a la siguiente cuenta del Presupuesto de Gastos vigente:

Jurisdicción 1110111000 Subsecretaría de Obras Públicas

Programa 24.01.00 Administración Servicios Públicos

Fuente de Financiamiento: 110 Tesoro Municipal

1.0.0.0. Gastos en personal

1.1.0.0. Personal Permanente

1.1.7.0. Complementos

1.2.0.0. Personal Temporario

1.2.6.0. Complementos

 

ARTICULO 3º.- Tomen razón Contaduría, Oficina de Personal, Jefe de Liquidaciones y Director del Hospital local.-

 

ARTICULO 4º.- Cúmplase, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-