Boletines/Castelli
Decreto Nº 038/20
Castelli, 08/01/2020
Visto
La necesidad de readecuar el valor de las guardias de los médicos contratados y establecer nuevos valores de guardias de hemoterapia y laboratorio estableciendo nuevos porcentajes de cálculo, y
Considerando
Que es necesario modificar los valores mencionados a los efectos de mantener los servicios esenciales dentro del hospital municipal,
Que estas modificaciones en los valores se realizan ad referéndum de la correspondiente aprobación por parte del H.C.D..-
EL INTENDENTE MUNICIPAL EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA LEY ORGANICA DE LAS MUNICIPALIDADES,
D E C R E T A:
ARTICULO 1º: Modifíquese la Ordenanza 34/20190 a partir del 1º de enero del corriente año, sustituyendo los artículos 25º, 27º, 28º y 35º, los que quedarán redactados de la siguiente manera:
“ARTICULO 25º.- Fíjese el valor de la GUARDIA ACTIVA de 24 horas que realicen los profesionales médicos del Hospital Municipal de lunes a viernes en la suma de Pesos: NUEVE MIL CON 00/100 ($9.000,00.-).-
Fíjese el valor de la GUARDIA ACTIVA de 24 horas que realicen los profesionales médicos del Hospital Municipal los días sábados, domingos y feriados en la suma de Pesos: DIEZ MIL CON 00/100 ($10.000,00.-).-
Fíjese el valor de la GUARDIA ACTIVA de 24 horas que realicen los profesionales pediatras del Hospital Municipal de lunes a viernes en la suma de Pesos: ONCE MIL CON 00/100 ($11.000,00.-).-
Fíjese el valor de la GUARDIA ACTIVA de 24 horas que realicen los profesionales pediatras del Hospital Municipal los días sábados, domingos y feriados en la suma de Pesos: ONCE MIL QUINIENTOS CON 00/100 ($11.500,00.-).-“
Fíjese el valor de la GUARDIA PASIVA de 24 horas que realicen los profesionales psicólogos del Hospital Municipal los días lunes a viernes en la suma de Pesos: UN MIL DOSCIENTOS CON 00/100 ($1.200,00.-).-“
“ARTICULO 27º.- Fíjese el valor de la GUARDIA PASIVA en horario que exceda el de atención en Laboratorio de Análisis Clínicos y Hemoterapia del Hospital Municipal, que realicen los técnicos de laboratorio de lunes a viernes, en el importe equivalente al 6% del sueldo básico de su categoría.-
Fíjese el valor de la GUARDIA PASIVA de 24 hs. que realicen los técnicos de laboratorio y Hemoterapia del Hospital Municipal en días sábados, domingos y feriados en el importe equivalente al 7,5% del sueldo básico.-
“ARTICULO 28º.- Fíjese el valor de la GUARDIA PASIVA en horario que exceda el de atención en Servicios de Radiología del Hospital Municipal, que realicen los técnicos radiólogos de lunes a viernes, en el importe equivalente al 6% del sueldo básico de su categoría.-
Fíjese el valor de la GUARDIA PASIVA de 24 hs. que realicen los técnicos radiólogos del Hospital Municipal en días sábados, domingos y feriados en el importe equivalente al 7,5% del sueldo básico de su categoría.-
ARTICULO 35º.- Fíjense los honorarios mensuales de los profesionales contratados del Hospital Municipal agrupados por especialidad, de acuerdo al siguiente detalle:
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Fíjese el valor de la GUARDIA ACTIVA de 24 horas que realicen los profesionales médicos contratados por el Hospital Municipal de lunes a viernes en la suma de Pesos: DOCE MIL CON 00/100 ($12.000,00).-
Fíjese el valor de la GUARDIA ACTIVA de 24 horas que realicen los profesionales médicos contratados por el Hospital Municipal en días sábados, domingos y feriados en la suma de Pesos: TRECE MIL CON 00/100 ($13.000,00).-
Fíjese el valor de la GUARDIA ACTIVA de 24 horas que realicen los profesionales pediatras contratados por el Hospital Municipal de lunes a viernes en la suma de Pesos: CATORCE MIL QUINIENTOS CON 00/100 ($14.500,00).-
Fíjese el valor de la GUARDIA ACTIVA de 24 horas que realicen los profesionales pediatras contratados por el Hospital Municipal los días sábados, domingos y feriados en la suma de Pesos: DIECISEIS MIL CON 00/100 ($16.000,00).-
Fíjase el valor de la GUARDIA ACTIVA DE GINECOLOGÍA de 24 horas que realicen los profesionales ginecólogos contratados por el Hospital Municipal de lunes a viernes en la suma de Pesos: DOCE MIL CON 00/100 ($12.000).-
Fíjase el valor de la GUARDIA ACTIVA DE GINECOLOGÍA de 24 horas que realicen los profesionales ginecólogos contratados por el Hospital Municipal en días sábados, domingos y feriados en la suma de Pesos: TRECE MIL CON 00/100 ($13.000).-
ARTÍCULO 2º: El gasto que demande lo establecido en el artículo anterior será abonado con cargo a las partidas que correspondan del presupuesto vigente.-
ARTICULO 3º: La presente modificación se realiza ad referéndum de la correspondiente aprobación por parte del H.C.D.-
ARTICULO 4º: Comuníquese a la Oficina de Personal y a las dependencias que correspondan, a sus efectos.-
ARTICULO 5º: Cúmplase, dese al registro Municipal y Archívese.-
CASTELLI, 8 de enero de 2020.-