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Decreto Nº1159

Decreto Nº 1159

Lujan, 23/08/2020

OFICINA DE ASUNTOS GREMIALES

Visto

La necesidad expuesta por la Subsecretaría de Producción y Desarrollo Sustentable dependiente de la Jefatura de Gabinete de este Municipio de Luján, en relación a la importancia que revisten los asuntos gremiales y que una Oficina específica del Municipio se ocupe de las gestiones pertinentes; y 

Considerando

Que constituye un objetivo fundamental de la gestión el fortalecimiento de todas aquellas herramientas y mecanismos que permitan contribuir al resguardo y garantía de los derechos de las y los trabajadores. 
Que, en ese marco, fortalecer de las organizaciones de los y las trabajadoras de nuestra ciudad resulta de vital importancia.
Que la creación de un área de asuntos gremiales en el ámbito municipal ha sido una demanda de las organizaciones locales de los trabajadores agrupados en la Mesa Sindical y, en tal sentido, se considera importante dar lugar a la misma.
Que a tenor de la situación actual y de la proyección productiva y social, los ámbitos laborales requieren una atención especial que sume a la perspectiva sanitaria una mirada laboral propia de los trabajadores y/o trabajadoras.
Que, para ello, resulta apropiado crear una Oficina de Asuntos Gremiales con atribuciones y ejes de trabajo en consonancia con estos vistos y considerandos, lo que implica capacidades de participación en la articulación sindical; para la intervención en cuestiones técnicas y legales vinculadas con la regulación del trabajo, en articulación con la Delegación Local del Ministerio de Trabajo Provincial; para promover la cooperación y búsqueda de soluciones a problemas cotidianos de las y los trabajadores; para el planteo de recomendaciones y propuestas de mejora en las relaciones laborales del sector público y privado; para implementar políticas de capacitación; y para intervenir y denunciar toda situación de violencia de género y/o discriminación en los ámbitos laborales.
Que el presente se dicta en virtud de las facultades derivadas del artículo 107 y concordantes del Decreto Ley N° 6.769/58. 
 

Por ello: 
EL INTENDENTE MUNICIPAL
D E C R E T A

Artículo 1°.- Crease la Oficina de Asuntos Gremiales en el ámbito de la    ------------- Subsecretaria de Producción y Desarrollo Sustentable, la que tendrá como objetivos principales a los mencionados en el artículo 2º.----------------
Artículo 2°.- Serán objetivos de la Oficina de Asuntos Gremiales:
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a)    Articular con los gremios locales y las diferentes áreas de asuntos laborales.
b)    Articular con la Delegación Local del Ministerio de Trabajo Provincial a fin de intervenir en cuestiones técnicas y legales vinculadas con la regulación del trabajo en general, la normativa laboral de aplicación nacional y las convenciones colectivas de trabajo.
c)    Promover la instrumentación de políticas municipales en materia de relaciones laborales.
d)    Desarrollar alianzas para la cooperación y búsquedas de soluciones a problemas cotidianos de los trabajadores y/o trabajadoras.
e)    Analizar e investigar las relaciones del trabajo en el ámbito del sector público y privado, efectuando recomendaciones y propuestas.
f)    Implementar políticas de capacitación para obreros y obreras, trabajadores y trabajadoras, en el Municipio de Lujan.
g)    Articular con las demás áreas de la Subsecretaría de Producción y Desarrollo Sustentable a fin de generar acciones que potencien la vinculación entre empleo, capacitación laboral, producción y tecnología.
h)    Intervenir en toda situación de violencia de género y/o discriminación que se susciten en los ámbitos laborales, brindando asesoramiento y contención a todo trabajador o trabajadora afectado.
i)    Acompañar toda política de inclusión laboral acorde a los objetivos del área.
Artículo 3°.- La citada Oficina de Asuntos Gremiales estará a cargo del Sr. Ignacio    ------------ Lopolito (DNI: 23.052.942), empleado municipal (Obrero Clase VII de 48hs semanales), legajo N° 4866.-----------------------------------------------
Artículo 4°.- Regístrese, tomen conocimiento quienes corresponda, notifíquese,    ------------- publíquese y archívese.
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D E C R E T O N°1159.-
DL/IL.-