Boletines/Lujan
Decreto Nº 1125
Lujan, 12/08/2020
LA ORDENANZA 6215 SANCIONADA POR EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE CON FECHA 09 DE MAYO DE 2013 Y PRO
Visto
La Ordenanza N° 6215 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 9 de mayo de 2013 y promulgada por el Departamento Ejecutivo mediante Decreto N° 703/13; y
Considerando
Que por la citada normativa se crea el Régimen de Asociaciones Civiles sin fines de lucro en el ámbito de la Municipali-dad de Luján.
Que dicho régimen crea tres categorías de tales entidades, a saber:
a) Asociación Civil sin Fines de Lucro con Personería Jurídica.
b) Asociación Civil sin Fines de Lucro sin Personería Jurídica.
c) Entidades de Bien Público creadas por el Honorable Conce-jo Deliberante.
Que la Dirección de Entidades Comunitarias ha examinado la situación jurídica de la Asociación "Asociación Civil Escuela de Fútbol Femenino San Jorge" (Exp.4069-003510/2020).
Que a los efectos de su encuadramiento en la Ordenanza N° 6215 corresponde dictar el pertinente acto administrativo.
Que el presente se dicta en virtud de las facultades que le confiere el Artículo 107° y concordantes del Decreto Ley 6769/58 y la Ordenanza N° 6215.
Por ello
EL INTENDENTE MUNICIPAL
D E C R E T A
Artículo 1°.- Regístrase a la "Asociación Civil Escuela de Fútbol -------------- Femenino San Jorge" en el Registro Municipal de Asocia-ciones creado por la Ordenanza N° 6215 (tomo 1, folio 70, N° 224) asignándole la categoría de Asociación Civil sin Fines de Lucro sin Personería Jurídica.--------------------------------------------------
Artículo 2º.- Resérvese la correspondiente documentación de respaldo ------------- en el legajo de la Institución.-------------------------
Artículo 3º.- Regístrese, notifíquese, dese a conocimiento de quienes ------------- corresponda, publíquese y archívese. -------------------
D E C R E T O N°1125.-