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Decreto Nº1125

Decreto Nº 1125

Lujan, 12/08/2020

LA ORDENANZA 6215 SANCIONADA POR EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE CON FECHA 09 DE MAYO DE 2013 Y PRO

Visto

La Ordenanza N° 6215 sancionada por el Honorable Concejo     Deliberante con fecha 9 de mayo de 2013 y promulgada por el         Departamento Ejecutivo mediante Decreto N° 703/13; y

Considerando

Que por la citada normativa se crea el Régimen de         Asociaciones Civiles sin fines de lucro en el ámbito de la Municipali-dad de Luján.
         Que dicho régimen crea tres categorías de tales entidades, a    saber:
         a) Asociación Civil sin Fines de Lucro con Personería       Jurídica.
         b) Asociación Civil sin Fines de Lucro sin Personería      Jurídica.
         c)  Entidades de Bien Público creadas por el Honorable Conce-jo Deliberante.
         Que la Dirección de Entidades Comunitarias ha examinado la situación jurídica de la Asociación "Asociación Civil Escuela de   Fútbol Femenino San Jorge" (Exp.4069-003510/2020).
         Que a los efectos de su encuadramiento en la Ordenanza N° 6215 corresponde dictar el pertinente acto administrativo.
         Que el presente se dicta en virtud de las facultades que le confiere el Artículo 107° y concordantes del Decreto Ley 6769/58 y la Ordenanza N° 6215.

Por ello

EL INTENDENTE MUNICIPAL
D E C R E T A

Artículo 1°.- Regístrase a la "Asociación Civil Escuela de Fútbol      -------------- Femenino San Jorge" en el Registro Municipal de Asocia-ciones creado por la Ordenanza N° 6215 (tomo 1, folio 70, N° 224) asignándole la categoría de Asociación Civil sin Fines de Lucro sin Personería Jurídica.--------------------------------------------------

Artículo 2º.- Resérvese la correspondiente documentación de respaldo  ------------- en el legajo de la Institución.-------------------------

Artículo 3º.- Regístrese, notifíquese, dese a conocimiento de quienes   ------------- corresponda, publíquese y archívese. -------------------


D E C R E T O  N°1125.-