Boletines/Lujan

Decreto Nº1120

Decreto Nº 1120

Lujan, 12/08/2020

PASE DE BELZUNCES JUAN PABLO-------------------------------------------------------

Visto

El expediente 4069/000173/2020, por el que se tramita el pase y cambio de imputación presupuestaria del agente municipal de planta    permanente Juan Pablo Belzunces, en virtud de su pase a la Secretaría de Culturas y Turismo, y

Considerando

Que el agente municipal de planta permanente Juan Pablo Belzun-ces, legajo N° 5715, reviste como programador senior de 40 hs. semana-les, con bonificación por conductor del 8%, prestando servicios en la Dirección de Comunicaciones.
Que a fs.8, la Secretaria de Culturas y Turismo solicita el pase y cambio de imputación del agente Belzunces.
Que a fs. 10, toma vista y presta conformidad la Secretaría de  Salud
Que a fs. 10 vta., toma vista y conocimiento la Dirección de    Recursos Humanos, informando que deberá limitarse la asignación de la bonificación por conductor del 8%, a partir del 01 de julio de 2020.
Que a fs.12, toma vista e informa la imputación presupuestaria la Contaduría Municipal.
Que a fs.13, toma vista y conocimiento la Secretaría de Economía y Finanzas.
Que a fs.14, toma vista y presta conformidad la Secretaría de Gobierno y Participación Ciudadana.
Que el presente de dicta en virtud de las atribuciones previstas en el artículo 107 y concordantes del Decreto Ley Nº 6769/58 y artícu-lo 66º de la Ley Nº 14.656.
 

Por ello;

EL INTENDENTE MUNICIPAL
D E C R E T A

Artículo 1°.- Dispónese el pase y cambio de imputación presupuestaria   ------------- del agente municipal de planta permanente Juan Pablo      BELZUNCES, legajo N° 5715, programador senior de 40 hs. semanales, prestando servicios en la Secretaria de Culturas y Turismo, a partir del 01 de julio de 2020.----------------------------------------------

Artículo 2°.- Dejase sin efecto el otorgamiento de la BONIFICACIÓN POR          ------------- CONDUCTOR DEL 8%, al agente municipal de planta perma-nente Juan Pablo BELZUNCES, legajo N° 5715, programador senior de 40 hs. semanales, a partir del 01 de julio de 2020.----------------------

Artículo 3°.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto por   ------------- el artículo 1°, será imputado en la siguiente partida del Presupuesto de Gastos vigente:
28.- Secretaría de Turismo y Cultura.
01.- Formulación y Ejecución de Políticas de Turismo y Cultura.
110.- Tesoro Municipal.
01.- Gastos de Personal.
01.- Personal Permanente.

Artículo 4°.- Regístrese, tomen conocimiento quienes corresponda,          -------------- notifíquese, publíquese y archívese.-------------------

D E C R E T O N°1120.-
FR/lem