Boletines/Lujan
Decreto Nº 1113
Lujan, 11/08/2020
LIMITACION DE PLUS DE CHOFER PARA LEICHTVEIST---------
Visto
El expediente 4069/002552/2020, por el que se solicita la baja en la asignación de la Bonificación por Conductor del agente municipal de planta permanente Diego Leandro Leichtveist;y
Considerando
Que el agente municipal de planta permanente Diego Leandro Leichtveist, legajo N° 6464, reviste como personal obrero clase VII de 48 hs. semanales, con bonificación por tareas penosas, riesgosas o in-salubres del 15% y bonificación por conductor del 10%, prestando ser-vicios en la Delegación Municipal de Open Door.
Que a fs. 1, el Secretario de Gobierno y Participación Ciudadana solicita que se de la baja de la bonificación por conductor al agente precitado.
Que a fs. 5, toma vista y conocimiento la Secretaría de Economía y Finanzas.
Que a fs.6, toma vista e informa la imputación presupuestaria la Contaduría Municipal.
Que a fs.6 vta., el Director de Recursos Humanos toma vista y conocimiento e informa que el agente Leichtveist, continúa percibiendo la bonificación por tareas penosas, riesgosas o insalubres del 15% y que la bonificación por conductor se deja sin efecto a partir del 1 de agosto de 2020.
Que el presente de dicta en virtud de las atribuciones previstas en el artículo 107 y concordantes del Decreto Ley Nº 6769/58 y artícu-lo 66º de la Ley Nº 14.656.
Por ello;
EL INTENDENTE MUNICIPAL
D E C R E T A
Artículo 1°.- Dejase sin efecto el otorgamiento de la BONIFICACIÓN POR ------------- CONDUCTOR DEL 10%,al agente municipal de planta perma-nente Diego Leandro LEICHTVEIST, legajo N° 6464, personal obrero clase VII de 48 hs. semanales, prestando servicios en la Delegación Munici-pal de Open Door, dependiente de la Secretaría de Gobierno y Partici-pación Ciudadana, a partir del 01 de agosto de 2020.------------------
Artículo 2°.- Reconócese el otorgamiento de la BONIFICACIÓN POR TAREAS ------------- PENOSAS, RIESGOSAS O INSALUBRES DEL 15%, al agente muni-cipal de planta permanente Diego Leandro LEICHTVEIST, legajo N° 6464, a partir del 01 de mayo de 2015.--------------------------------------
Artículo 3°.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto por ------------- el artículo 2°, será imputado en la siguiente partida del Presupuesto de Gastos vigente:
27.- Secretaría de Gobierno y Participación Ciudadana.
01.- Formulación y Conducción de Políticas de Gobierno y Participación Ciudadana.
04.- Delegación Municipal de Open Door.
110.- Tesoro Municipal.
01.- Gastos de Personal.
01.- Personal Permanente.
01.- Retribuciones del Cargo.
Artículo 4°.- Regístrese, tomen conocimiento quienes corresponda, -------------- notifíquese, publíquese y archívese.-------------------
D E C R E T O N°1113.-
FR/lem