Boletines/Lujan

Decreto Nº1078

Decreto Nº 1078

Lujan, 04/08/2020

CONTRATO DE OBRA ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE LUJAN Y LA COOPERATIVA DE TRABAJO LOS VENCEDORES VENCIDOS

Visto

Las actuaciones  del Expediente N°4069-002800/2020, y;

Considerando

 Que a fs. 1 luce nota de Secretaría de Jefatura de    Gabinete en relación al Proyecto de Construcción de Unidades        Sanitarias en el Basural Municipal, el mismo surge en el marco del "Proyecto Social de Acción Conjunta", donde quedaría a cargo de la  Municipalidad de lujan la mano de obra para realizar tal objetivo.-
            Que a fs 7, 8, 9 se encuentra nota al Ministerio de  Desarrollo Social de la Nación por parte de la Cooperativa en donde plasman que dicha Organización se comprometió a implementar y      desarrollar las actividades necesarias para el cumplimiento y       finalización de módulos de intervención socio-urbanos, en la cual   proponen las direcciones para cumplir los objetivos del convenio   suscripto.
           Que de fs. 10 a 17, se adjunta el Convenio de        Colaboración entre el ministerio de Salud y Desarrollo Social de la Nación y la Cooperativa de Trabajo Argentina de Marketing y Servicios Limitada.
            Que de fs. 18 a 30 se encuentra documentación de la  Cooperativa de Trabajo Argentina de Marketing y Servicios Ltda.
            Que a fs. 31 luce nota de la Secretaría de Servicios Públicos, Obras e Infraestructura en la cual adjunta documentación técnica de la obra a realizar, cálculo de materiales y mano de obra.
           Que de fs. 33 a 138 luce la documentación técnica     mencionada, más planos y también se adjunta el cronograma de       desembolsos para el pago de la mano de obra, listado de materiales y el Pliego de Especificaciones Técnicas Particulares.
          Que a fs. 141 obra Dictamen N° 112/2020 de la Secretaria Legal y Técnica.
           Que a fs. 144/145 se agrega copia del Convenio de     colaboración y Cooperación entre la Municipalidad de Luján y la     Cooperativa de Trabajo Argentina de Marketing y Servicios Limitada.
           Que  a fs. 156 las presentes actuaciones ingresan al Honorable Concejo Deliberante.
           Que a fs. 178 luce Ordenanza N° 7420, autorizando el  Convenio de Colaboración y Cooperación Recíproca entre la Cooperativa de Trabajo de Marketing y Servicios Limitada y la Municipalidad de  Lujan.
           Que a fojas 182 bis toma conocimiento de la Ordenanza N° 7420 la Secretaría de Economía y Finanzas.
           Que de fs. 183 a 221 luce documentación de la Cooperativa de trabajo "Los Vencedores Vencidos" más el presupuesto que adjuntan por los trabajos de mano de obra a realizar.
           Que a fs. 222 se encuentra el proyecto de Contrato de obra entre la Municipalidad de Luján y la Cooperativa de Trabajo "los Vencedores Vencidos".
           Que a fs. 226 la Contaduría Municipal informa la      Imputación Presupuestaria.
          Que en el marco de la contratación formalizada (clausula 3°) se establece la entrega de un anticipo financiero del 35%,             correspondiente a la suma de doscientos sesenta y seis mil quinientos noventa y ocho ($266.598,00)
            Que conforme la naturaleza de la erogación que ello  implica, para su otorgamiento cabe exigir una garantía.
            Que en la cláusula quinta del contrato mencionado se establece una Garantía de Fiel Cumplimiento y un Fondo de Reparo  equivalentes al 5% cada uno del monto contractual, lo que arroja una suma de pesos treinta y ocho mil ochenta y cinco con treinta y cinco centavos ($38.085,35) por la Garantía de Fiel Cumplimiento y de pesos treinta y ocho mil ochenta y cinco con treinta y cinco centavos ($38.085,35) por el Fondo de reparo, que por la sumas expuestas se  requiere la presentación de garantías.
            Que la interesada se ve imposibilitada de gestionar la contratación de los seguros por ante una compañía aseguradora.
            Que a los efectos de posibilitar la continuidad de los trabajos - que exigen a la Cooperativa contar con dichos fondos- se hace necesario agilizar el trámite, aceptando garantías sustitutas.
            Que se considera procedente la integración de las    

garantías mediante la suscripción de Pagares a favor de la Comuna.
            Que a tal efecto, se emite el presente acto administra-tivo.  
           Que el presente se di
cta en virtud de las atribuciones conferidas por el Artículo 107° y 108° y concordantes del Decreto Ley N° 6769/58 y sus modificatorias.
 

Por ello: 

EL INTENDENTE MUNICIPAL
D  E  C  R  E   T  A

ARTICULO 1°.-  Autorizase la suscripción del Contrato de Obra entre la ---------------Municipalidad de Lujan y la Cooperativa de Trabajo "Los Vencedores Vencidos" C.U.I.T. N° 33-71049902-7, con domicilio en la calle Darwin N° 3127, de ésta ciudad, en la suma de total de pesos  setecientos sesenta y un mil setecientos siete ($761.707,00)IVA     incluido.-------------------------------------------------------------

ARTICULO 2°.- El gasto que demande lo dispuesto en el Artículo 1° será 
------------- imputado a la siguiente partida del Presupuesto de gas-tos vigente: 

03.- Secretaria de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos.-
34.- Obras Públicas y Mantenimiento de Infraestructura.-
01.- Obras de Infraestructura.-
110.- Tesoro Municipal.-
4.2.1.0.- Construcción de Bienes de Dominio Privado.-

ARTICULO 3°.- Autorizase el otorgamiento de un anticipo financiero en 
------------- concepto de adelanto por la suma de pesos DOSCIENTOS SESENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y OCHO ($266.598,00) a favor de la Cooperativa de Trabajo Los vencedores Vencidos, contra la       presentación de una garantía.-----------------------------------------

ARTICULO 4°.- Admítase tres pagares suscriptos por la Cooperativa de 
-------------- trabajo Los Vencedores Vencidos, certificados por    escribano público, el PRIMERO por la suma de pesos DOSCIENTOS SESENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y OCHO ($266.598,00), el SEGUNDO en con-cepto de garantía de Fiel Cumplimiento equivalente al 5% del monto contractual por la suma de pesos TREINTA Y OCHO MIL OCHENTA Y CINCO CON TREINTA Y CINCO CENTAVOS ($38.085,35), el TERCERO en garantía de fondo de  Reparo por pesos TREINTA Y OCHO MIL OCHENTA Y CINCO CON TREINTA Y CINCO CENTAVOS ($38.085,35), equivalente al 5% del total del monto contractual.----------------------------------------------------

ARTICULO 5°.- Autorizase a todas las áreas intervinientes a efectuar ---------------las tramitaciones, registraciones y toda actuación que resultare necesaria para el cumplimiento de lo dispuesto en el      presente acto administrativo.-----------------------------------------

ARTICULO 6°.-   Regístrese, tomen conocimiento quienes corresponda, -- 
----------------notifíquese, publíquese, archívese.-------------------

D E C R E T O N°1078.-  
LAL/cim