Boletines/Lujan
Decreto Nº 1066
Lujan, 02/08/2020
FORTALECER LOS PROYECTOS PRODUCTIVOS LOCALES (PROY SUPERALIMENTO)
Visto
La conveniencia expuesta por la Subsecretaría de Producción y Desarrollo Sustentable dependiente de la Jefatura de Gabinete de este Municipio de Luján, en relación a acompañar y fortalecer los proyec-tos productivos locales; y
Considerando
Que el Mappes Ingeniería Integral y el empresario local Daniel Alejandro Prusky se han comunicado con las autoridades municipales para presentar su proyecto de Superalimento en sus inicios.
Que la Subsecretaria de Producción y Desarrollo Sustentable ha seguido los avances del mismo, brindando asistencia en materia de sus competencias y posibilidades.
Que, en tanto alimento, según la descripción que presentan los desarrolladores, se basa en una formulación inteligente capaz de en-tregar la nutrición necesaria en el momento necesario de las perso-nas, especialmente los niñas y niños; ayudando así a un mejor desem-peño en diferentes actividades, como también, complementando la nu-trición diaria y asegurándonos una ingesta segura y suficiente de nu-trientes fundamentales.
Que, tal como lo presentan sus propietarios, como producto en formato de postre y en porciones individuales, no tiene azucares agregados y cuenta con un alto contenido proteico y de fibras, garan-tizando la recuperación y el desarrollo muscular, generando saciedad al consumidor y aportando un complejo vitamínico esencial para con-tribuir a un sistema inmune sólido y saludable. En base a ello, los desarrolladores lo presentan como un alimento seguro, económico, de alto valor nutricional y una oportunidad única para la industria lo-cal en cuanto a innovación y participación.
Que en el marco de la Emergencia Alimentaria Nacional (Ley N° 27.519, prorrogada hasta el 31 de diciembre de 2022), un producto de tales características reviste vital importancia para la población local y nacional.
Que el producto desarrollado representa una innovación en mate-ria de producción alimentaria de especial relevancia para el sistema productivo local como para la producción de alimentos a escala nacio-nal.
Que la innovación incluida en este producto se basa en un desa-rrollo realizado 100% en Lujan, con ensayos y validaciones realizadas en laboratorios privados radicados en Alemania, lo que representa una importante apuesta del empresariado local que amerita ser acompañada por este municipio.
Que el proyecto es también una oportunidad superlativa para el desarrollo productivo local, incorporando a nuestra industria innova-ción en materia alimenticia que representa un mojón en el camino de nuevos desarrollos.
Que, en ese camino, la producción de conocimiento asociada a dicha innovación, realizada por profesionales lujanenses, requiere del acompañamiento del Estado municipal en las gestiones que forta-lezcan sus posibilidades de despliegue y crecimiento. Más aún en un actual contexto de aceleración tecnológica que experimenta el sector alimentaria nivel global.
Que el presente se dicta en virtud de las facultades derivadas del artículo 107 del Decreto Ley N° 6.769/58.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL
D E C R E T A
Artículo 1°.- Declárese de Interés Productivo Municipal el proyecto -------------- de Superalimento presentado por Mappes Ingeniería in-tegral y el empresario Daniel Alejandro Prusky, sus procesos innova-tivos y la elaboración de productos que propone. --------------------
Artículo 2°.- Regístrese, tomen conocimiento quienes corresponda, no- ------------ tifíquese, publíquese y archívese. ---------------------
D E C R E T O N°1066.-