Boletines/Adolfo Gonzales Chaves
Decreto Nº 380/2020
Adolfo Gonzales Chaves, 23/04/2020
Visto
Las medidas adoptadas por el Gobierno Nacional, prorrogando la vigencia de la Emergencia Sanitaria por la pandemia provocada por el Coronavirus COVID-19; y
Considerando
Que por Decreto Municipal Nº 362/2020 se amplió el listado de actividades y servicios exceptuados en los terminos previstos en el artículo 6º del Decreto Nº 297/2020;
Que dichas actividades fueron habilitadas para funcionar hasta el día 25 de Abril de 2020;
Que es decisión de este Departamento Ejecutivo ampliar el plazo establecido, acorde con la evolución de la pandemia;
Por ello;
El INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de las facultades que le son propias
D E C R E T A:
ARTICULO 1º: Establécese que las actividades y servicios exceptuados en los términos previstos en el artículo 6° del Decreto N° 297/20, y que fueron ampliadas por Decreto Municipal Nº 362/2020 se prorrogan hasta el día 10 de Mayo de 2020.-
ARTICULO 2º: Las actividades permitidas podrán ser revocadas antes del 10 de Mayo de 2020, por protección general.-
ARTICULO 3º: Dése cuenta del presente Decreto al Honorable Concejo Deliberante, en su oportunidad.-
ARTICULO 4 º: Cúmplase, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-