Boletines/Adolfo Gonzales Chaves
Decreto Nº 347/2020
Adolfo Gonzales Chaves, 01/04/2020
Visto
El Decreto 139/2020 del Gobierno de la Provincia de Buenos Aires mediante el cual se autoriza al Ministerio de Hacienda y Finanzas a emitir un Aporte no Reintegrable a favor de las Municipalidades para llevar adelante acciones en pos de paliar y atender la emergencia sanitaria por Coronavirus Covid 19;
Que el Coeficiente Único de Distribución (CUD) resulta ser un distribuidor objetivo de reparto entre los municipios;
El informe de la Contaduría Municipal dando cuenta de la recepción de los fondos correspondiente a la Primer Etapa; y
Considerando
Que es necesario adecuar el Cálculo de Recursos y Presupuesto de Gastos vigente, de acuerdo a lo establecido con el artículo 75º del Reglamento de Contabilidad y disposiciones de Administración para las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires;
Por ello;
el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de las facultades que le son propias
DECRETA:
ARTICULO 1º: Amplíase el Cálculo de Recursos y Presupuesto de Gastos vigente, de acuerdo al siguiente detalle:
CALCULO DE RECURSOS:
1700000 Transferencias corrientes
1750000 De gobiernos e instituciones provinciales y municipales
1750100 De gobiernos provinciales
1750199 Aporte no Reintegrable – Dto 139/2020 Covid 19
Crear en la suma de …………………………………….. $ 732.900,00.-
PRESUPUESTO DE GASTOS:
Jurisdicción 1110330000 Secretaría de Salud y Acción Social,
Programa 35: Dirección de Salud
Proyecto 07: Aporte no Reintegrable – Dto 139/2020 Covid 19
Fuente de financiamiento 132: De origen provincial
5.0.0.0 Transferencias
5.1.0.0 Transferencias al sector privado para financiar gastos corrientes
5.1.7.0 Transferencias a otras instituciones culturales y sociales sin fines de lucro.
Crear en la suma de …………………………………….… $ 732.900,00.-
ARTICULO 2º: Pase a Contaduría, Jefe de Presupuesto y Secretaria de Gobierno y Hacienda para realizar las adecuaciones presupuestarias correspondientes.-
ARTICULO 3º: Cúmplase, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-