Boletines/General Lavalle
Decreto Nº 639/2020
General Lavalle, 01/09/2020
Visto
La nota presentada por el contribuyente ingresada según Nº 1067; y
Considerando
Que, en dicha nota consta una solicitud de baja de deuda en relación a la parcela identificada como Circ. IX; Secc. L; Chacra 43G; Parcela 8, ubicada en General Lavalle y sus periodos de deudas correspondientes a 1/2005 a 2/2020, en concepto de Tasa por Servicios Generales Rurales- Derechos Mínimos;
Que, conforme constancias obrantes en el Legajo del inmueble registrado en el área de Rentas Municipal, la Sra. Griselda Noemí Orieta procedió a la suscripción de Acta de Aceptación como Beneficiario de Vivienda con la Municipalidad de General Lavalle, respecto del inmueble antes descripto, ello en fecha 03/06/2015;
Que, desde la fecha de suscripción de dicha acta, la Municipalidad ha dejado al beneficiario en la posesión legal y material del bien en cuestión, por lo que se generan desde dicha fecha, a saber: 03/06/2015, las obligaciones impositivas a cargo del adquirente, debiendo darse de baja toda deuda que verifique el inmueble con fecha anterior a la designada;
Que, obra agregado el dictamen legal correspondiente;
Que, el presente decreto será refrendado por el Sr. Jefe de Gabinete;
EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES,
DECRETA:
ARTICULO 1º: En base a todas las constancias administrativas y legales mencionadas, procédase a dar de baja la deuda anterior al día 03/06/2015 que verifica el inmueble identificado como: 6428 (Circ. IX; Secc. L; Chacra 43G; Parcela 8), en concepto de Tasa por Servicios Generales Rurales - Derechos Mínimos, por los motivos expuestos.
ARTICULO 2º: Instrúyase a la Subsecretaria de Rentas Municipal, al efecto realice la correspondiente baja.
ARTICULO 3º: Cúmplase, comuníquese a quien corresponda y dese al Registro Municipal.-
ANDREA VERONICA TURCONI JOSE H RODRIGUEZ PONTE
JEFE DE GABINETE INTENDENTE MUNICIPAL