Boletines/Lujan

Decreto Nº972

Decreto Nº 972

Lujan, 19/07/2020

CONTRATO MORALES LILIANA

Visto

Que por expediente 4069/001002/2020, se solicita la contratación de la Licenciada en Trabajo Social Liliana Aurora MORALES para cumplir funciones en la Dirección de Políticas de Géneros y Diversidad, depen-diente de la Secretaría de Desarrollo Humano; y

Considerando

Que la Secretaria de Desarrollo Humano ha fundamentado de acuerdo a lo previsto en la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, la imposibilidad e incompetencia para cubrir la prestación con profesionales existentes afectados a la misma. 
        Que a fojas 19 tomó vista y conocimiento la Dirección de Recursos Humanos e informa que no existe personal idóneo disponible en la planta municipal que reúna las condiciones para la contratación pre-tendida.
        Que a fojas 19 vuelta tomó vista y conocimiento la Secreta-ría de Gobierno y Participación Ciudadana.
        Que a fojas 24 tomó vista e informa la imputación presupues-taria la Contaduría Municipal.
        Que a fojas 25 tomó vista y conocimiento la Secretaría de Economía y Finanzas.
        Que a fojas 26 tomó vista y conocimiento la Secretaría Legal y Técnica.
        Que es competencia del Departamento Ejecutivo el dictado del acto administrativo, conforme a Art 107 y concordantes del Decreto Ley 6769/58.  

Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL
D E C R E T A

Artículo 1°.- Apruébase el Contrato de Locación de Obra celebrado entre       ------------- la Municipalidad de Luján y la Licenciada en Trabajo So-cial Liliana Aurora MORALES, DNI N°10.363.722, con domicilio en la calle Cervantes N°2224 de Villa Luzuriaga, partido de La Matanza, Provincia de Buenos Aires, para avocarse a tareas de supervisión de casos y del equi-po técnico que conforma la Dirección de Géneros y Diversidad dependiente de la Secretaría de Desarrollo Humano.----------------------------------

Artículo 2°.- La Municipalidad abonará la suma total de pesos sesenta y      ------------- seis mil($66.000.-) que se abonará en doce(12)cuotas igua-les, mensuales y consecutivas de pesos cinco mil quinientos ($5.500.-) cada una, en concepto de honorarios por el período comprendido entre el 1º de enero de 2020 y hasta el 31 de diciembre de 2020.-----------------

Artículo 3°.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto por  -------------- el artículo 2° será imputado a la siguiente partida del Presupuesto de Gastos vigente:

25.- Secretaría de Desarrollo Humano.
01.- Ejecución de Desarrollo Humano.
49.- Asistencia y Protección de la Mujer.
110.- Tesoro Municipal.
3.4.5.0.- De Capacitación.
                                           
Artículo 4°.- Regístrese, tomen conocimiento quienes corresponda,            -------------- notifíquese, publíquese y archívese.---------------------


D E C R E T O    N°972.-
MER/aco.