Boletines/Lujan
Decreto Nº 972
Lujan, 19/07/2020
CONTRATO MORALES LILIANA
Visto
Que por expediente 4069/001002/2020, se solicita la contratación de la Licenciada en Trabajo Social Liliana Aurora MORALES para cumplir funciones en la Dirección de Políticas de Géneros y Diversidad, depen-diente de la Secretaría de Desarrollo Humano; y
Considerando
Que la Secretaria de Desarrollo Humano ha fundamentado de acuerdo a lo previsto en la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, la imposibilidad e incompetencia para cubrir la prestación con profesionales existentes afectados a la misma.
Que a fojas 19 tomó vista y conocimiento la Dirección de Recursos Humanos e informa que no existe personal idóneo disponible en la planta municipal que reúna las condiciones para la contratación pre-tendida.
Que a fojas 19 vuelta tomó vista y conocimiento la Secreta-ría de Gobierno y Participación Ciudadana.
Que a fojas 24 tomó vista e informa la imputación presupues-taria la Contaduría Municipal.
Que a fojas 25 tomó vista y conocimiento la Secretaría de Economía y Finanzas.
Que a fojas 26 tomó vista y conocimiento la Secretaría Legal y Técnica.
Que es competencia del Departamento Ejecutivo el dictado del acto administrativo, conforme a Art 107 y concordantes del Decreto Ley 6769/58.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL
D E C R E T A
Artículo 1°.- Apruébase el Contrato de Locación de Obra celebrado entre ------------- la Municipalidad de Luján y la Licenciada en Trabajo So-cial Liliana Aurora MORALES, DNI N°10.363.722, con domicilio en la calle Cervantes N°2224 de Villa Luzuriaga, partido de La Matanza, Provincia de Buenos Aires, para avocarse a tareas de supervisión de casos y del equi-po técnico que conforma la Dirección de Géneros y Diversidad dependiente de la Secretaría de Desarrollo Humano.----------------------------------
Artículo 2°.- La Municipalidad abonará la suma total de pesos sesenta y ------------- seis mil($66.000.-) que se abonará en doce(12)cuotas igua-les, mensuales y consecutivas de pesos cinco mil quinientos ($5.500.-) cada una, en concepto de honorarios por el período comprendido entre el 1º de enero de 2020 y hasta el 31 de diciembre de 2020.-----------------
Artículo 3°.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto por -------------- el artículo 2° será imputado a la siguiente partida del Presupuesto de Gastos vigente:
25.- Secretaría de Desarrollo Humano.
01.- Ejecución de Desarrollo Humano.
49.- Asistencia y Protección de la Mujer.
110.- Tesoro Municipal.
3.4.5.0.- De Capacitación.
Artículo 4°.- Regístrese, tomen conocimiento quienes corresponda, -------------- notifíquese, publíquese y archívese.---------------------
D E C R E T O N°972.-
MER/aco.