Boletines/Lujan

Decreto Nº953

Decreto Nº 953

Lujan, 07/07/2020

AMPLIACION    HORARIA    DE    LOS AGENTES GIL Y ESCOBAR

Visto

Que a través del expediente 4069/002729/2020, el Director de  Mantenimiento Urbano solicita la ampliación del régimen horario de los agentes René Osvaldo Gil y Lucas Matías Escobar, partir del 01 de    julio de 2020; y

Considerando

Que el agente de planta permanente René Osvaldo Gil, legajo      N° 6092, reviste como personal obrero, clase VI de 40 hs. semanales; con las bonificaciones por tareas insalubres de 15% y conductor del 10%, prestando servicios en el Taller Municipal N°1.
Que el agente de planta permanente Lucas Matías Escobar, legajo   N° 6380, reviste como personal obrero clase VII de 40 hs. semanales con bonificación por tareas insalubres de 15%, prestando servicios en el Taller Municipal N°1.
Que a fs. 3, tomó vista y presta conformidad la Secretaría de Servicios Públicos, Obras e Infraestructura.
Que a fojas 4, tomó vista y presta conformidad la Secretaría de Economía y Finanzas.
Que a fojas 5, tomó vista e informa la imputación presupuestaria la Contaduría Municipal.
Que a fojas 5 vta., el Director de Recursos Humanos informa que se reconocerá las bonificaciones percibidas.
Que a fojas 6/7, tomó vista y conocimiento la Secretaría de   Gobierno y Participación Ciudadana.
Que el presente de dicta en virtud de las atribuciones previstas en el artículo 107 y concordantes del Decreto Ley Nº 6769/58 y    ar-tículo 66º de la Ley Nº 14.656.

Por ello;

EL INTENDENTE MUNICIPAL

decreta

Artículo 1º.-Autorízase la ampliación del régimen horario de los  agen-  ------------- tes municipales de planta permanente que a    continuación se detallan y que se desempeñan en el Taller Municipal N° 1, dependiente de la Secretaría de Servicios Públicos, Obras e      Infraestructura, a partir del 1 de julio de 2020:

PERSONAL OBRERO CLASE VI 48 HS. SEMANALES

"    GIL, René Osvaldo, legajo Nº 6092.

PERSONAL OBRERO CLASE VII 48 HS. SEMANALES

"    ESCOBAR, Lucas Matías, legajo N° 6380


Artículo 2°.- Reconócese el otorgamiento de la BONIFICACIÓN POR                          ------------- CONDUCTOR DEL 10%, al agente municipal de planta     permanente René Osvaldo GIL, legajo Nº 6092, a partir del 01 de    septiembre de 2014 y mientras continúe desarrollando dicha tarea.-----

Artículo 3°.- Reconócese el otorgamiento de la BONIFICACIÓN POR         ------------- TAREAS PENOSAS, RIESGOSAS O INSALUBRES DEL 15%, al  agente municipal de planta permanente René Osvaldo GIL, legajo Nº 6092, a  partir del 01 de noviembre de 2015 y mientras continúe    desarrollando dicha tarea.--------------------------------------------

Artículo 4°.- Reconócese el otorgamiento de la BONIFICACIÓN POR         ------------- TAREAS PENOSAS, RIESGOSAS O INSALUBRES DEL 15%, al    agente municipal de planta permanente Lucas Matías Escobar, legajo Nº 6380, a     partir del 01 de marzo de 2014 y mientras continúe     desarrollando dicha tarea.--------------------------------------------

Artículo 5°.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto por ------------- los artículos 1° al 4° será imputado en la siguiente partida del Presupuesto de Gastos vigente:
03.- Secretaría de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos.
33.- Mantenimiento de Ejido Urbano y Rural.
02.- Mantenimiento de Calles Urbanas.
110.- Tesoro Municipal.
01.- Gastos de Personal.
01.- Personal Permanente
01.- Retribuciones del Cargo.

Artículo 6°.- Regístrese, tomen conocimiento quienes corresponda,   ----------------notifíquese, publíquese y archívese.--------------------


D E C R E T O N°953.-
FR/rcv