Boletines/Lujan
Decreto Nº 953
Lujan, 07/07/2020
AMPLIACION HORARIA DE LOS AGENTES GIL Y ESCOBAR
Visto
Que a través del expediente 4069/002729/2020, el Director de Mantenimiento Urbano solicita la ampliación del régimen horario de los agentes René Osvaldo Gil y Lucas Matías Escobar, partir del 01 de julio de 2020; y
Considerando
Que el agente de planta permanente René Osvaldo Gil, legajo N° 6092, reviste como personal obrero, clase VI de 40 hs. semanales; con las bonificaciones por tareas insalubres de 15% y conductor del 10%, prestando servicios en el Taller Municipal N°1.
Que el agente de planta permanente Lucas Matías Escobar, legajo N° 6380, reviste como personal obrero clase VII de 40 hs. semanales con bonificación por tareas insalubres de 15%, prestando servicios en el Taller Municipal N°1.
Que a fs. 3, tomó vista y presta conformidad la Secretaría de Servicios Públicos, Obras e Infraestructura.
Que a fojas 4, tomó vista y presta conformidad la Secretaría de Economía y Finanzas.
Que a fojas 5, tomó vista e informa la imputación presupuestaria la Contaduría Municipal.
Que a fojas 5 vta., el Director de Recursos Humanos informa que se reconocerá las bonificaciones percibidas.
Que a fojas 6/7, tomó vista y conocimiento la Secretaría de Gobierno y Participación Ciudadana.
Que el presente de dicta en virtud de las atribuciones previstas en el artículo 107 y concordantes del Decreto Ley Nº 6769/58 y ar-tículo 66º de la Ley Nº 14.656.
Por ello;
EL INTENDENTE MUNICIPAL
decreta
Artículo 1º.-Autorízase la ampliación del régimen horario de los agen- ------------- tes municipales de planta permanente que a continuación se detallan y que se desempeñan en el Taller Municipal N° 1, dependiente de la Secretaría de Servicios Públicos, Obras e Infraestructura, a partir del 1 de julio de 2020:
PERSONAL OBRERO CLASE VI 48 HS. SEMANALES
" GIL, René Osvaldo, legajo Nº 6092.
PERSONAL OBRERO CLASE VII 48 HS. SEMANALES
" ESCOBAR, Lucas Matías, legajo N° 6380
Artículo 2°.- Reconócese el otorgamiento de la BONIFICACIÓN POR ------------- CONDUCTOR DEL 10%, al agente municipal de planta permanente René Osvaldo GIL, legajo Nº 6092, a partir del 01 de septiembre de 2014 y mientras continúe desarrollando dicha tarea.-----
Artículo 3°.- Reconócese el otorgamiento de la BONIFICACIÓN POR ------------- TAREAS PENOSAS, RIESGOSAS O INSALUBRES DEL 15%, al agente municipal de planta permanente René Osvaldo GIL, legajo Nº 6092, a partir del 01 de noviembre de 2015 y mientras continúe desarrollando dicha tarea.--------------------------------------------
Artículo 4°.- Reconócese el otorgamiento de la BONIFICACIÓN POR ------------- TAREAS PENOSAS, RIESGOSAS O INSALUBRES DEL 15%, al agente municipal de planta permanente Lucas Matías Escobar, legajo Nº 6380, a partir del 01 de marzo de 2014 y mientras continúe desarrollando dicha tarea.--------------------------------------------
Artículo 5°.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto por ------------- los artículos 1° al 4° será imputado en la siguiente partida del Presupuesto de Gastos vigente:
03.- Secretaría de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos.
33.- Mantenimiento de Ejido Urbano y Rural.
02.- Mantenimiento de Calles Urbanas.
110.- Tesoro Municipal.
01.- Gastos de Personal.
01.- Personal Permanente
01.- Retribuciones del Cargo.
Artículo 6°.- Regístrese, tomen conocimiento quienes corresponda, ----------------notifíquese, publíquese y archívese.--------------------
D E C R E T O N°953.-
FR/rcv