Boletines/Lujan
Decreto Nº 825
Lujan, 07/06/2020
CONTRATO DE LOCACION DE SERVICIOS - SECRETARIA DE CULTURAS Y TURISMO
Visto
Que por Expediente 4069/002421/2020, el Secretario de Culturas y Turismo solicita la contratación del Sr. Julio Alberto Lucesoli; y
Considerando
Que a fs. 1, se solicita la contratación a los fines de llevar a cabo los objetivos de crear, facilitar y establecer marcos de acuer-dos y colaboración con otras organizaciones, tanto públicas, como pri-vadas, basados en dar impulso a los compromisos sociales, culturales, educativos y turísticos; atendiendo principalmente a las habilidades comunicativas y diplomáticas, con capacidad de negociación e influen-cia para el logro de las metas planteadas. Asimismo, realizará la ges-tión y coordinación de actos y eventos institucionales, en conjunto con las diferentes áreas del Municipio.-
Que de fs. 2 a fs.12, luce la documentación del Sr. Julio Al-berto Lucesoli.
Que a fs. 13 y 13 vta. tomó vista y conocimiento la Dirección de Recursos Humanos, informando que el postulante no pertenece al plantel de empleados de esta Municipalidad.
Que dicha contratación, se efectúa conforme lo prevé el artícu-lo 45º de la Ley 14.656.-
Que a fs. 13 vta. y 15, tomó vista y presta conformidad la Se-cretaria de Economía y Finanzas.
Que a fs.14 tomó vista e informó la imputación presupuestaria la Contaduría Municipal;
Que el presente se dicta en virtud de las facultades otorgadas por el artículo 107 y concordantes del Decreto Ley N° 6769/5/8 y sus normas modificatorias y complementarias.
Por ello,
EL INTENDENTE MUNICIPAL
D E C R E T A
Artículo 1°.- Apruébase el Contrato de Locación de Servicios -------------- celebrado entre la Municipalidad de Luján y el Sr. Ju-lio Alberto LUCESOLI, D.N.I. N° 12.676.806, con domicilio en la calle Santos Lugares Nº 1906, de la Ciudad de Luján, Provincia de Buenos Ai-res, quien acepta llevar a cabo los objetivos de crear, facilitar y establecer marcos de acuerdos y colaboración con otras organizaciones, tanto públicas, como privadas, basados en dar impulso a los compromi-sos sociales, culturales, educativos y turísticos; atendiendo princi-palmente a las habilidades comunicativas y diplomáticas, con capacidad de negociación e influencia para el logro de las metas planteadas. Asimismo, realizará la gestión y coordinación de actos y eventos ins-titucionales, en conjunto con las diferentes áreas del Municipio.-----
Artículo 2°.- La Municipalidad abonará la suma total de pesos -------------- doscientos mil ($200.000) que se abonarán en ocho (8) cuotas iguales, mensuales y consecutivas de pesos veinticinco mil ($ 25.000.-), en concepto de honorarios por el período comprendido en-tre el 01 de Mayo de 2020 y el 31 de diciembre de 2020.---------------
Artículo 3°.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispues- -------------- to por el artículo 2° será imputado a la siguiente partida del Presupuesto de Gastos vigente:
28.- Secretaría de Turismo y Cultura.
01.- Formulación y Ejecución de Políticas de Turismo y Cultura.
110.- Tesoro Municipal
01.- Gastos en Personal
02.- Personal Temporario.
Artículo 4°.- Regístrese, tomen conocimiento quienes corresponda, -------------- notifíquese, publíquese y archívese.------------------
D E C R E T O N°825.-
FR/rns