Boletines/Lujan
Decreto Nº 642
Lujan, 03/05/2020
CONTRATACION COMO ACOMPAÑANTE TERAPEUTICO DE DESTEFANO VANESA SOLEDAD
Visto
Que por expediente N° 4069-002060/2020, se solicita la contratación de un Acompañante Terapéutico; y
Considerando
Que a fs. 1 la Directora de la Escuela Primaria N° 26 "República de Venezuela" solicita al Consejo Escolar de Lujan asistencia de la familia del alumno Axel Frank Bravo, que del análisis de la situación y de la conclu-sión del pedido surge la necesidad de asistir con la ayuda solicitada.
Que a fs. 21 se adjunta copia certificada de la autorización emi-tida por el titular de la Secretaria de Culturas y Turismo para el control y seguimiento de la contratación de Acompañantes Terapéuticos a cargo de la Se-cretaría de Gobierno y Participación Ciudadana.
Que a fs. 24 la Dirección de Recursos Humanos informa que no existe personal idóneo para realizar las tareas enunciadas en la planta muni-cipal.
Que a fs. 25 la Contaduría Municipal da cuenta de la imputación del gasto.
Que a fs. 25 vta. la Secretaría de Economía y Finanzas toma vista y solicita su prosecución.
Que a fs. 26 toma vista y presta conformidad el Secretario de Go-bierno y Participación Ciudadana.
Que el presente se dicta en virtud de las facultades otorgadas por el artículo N° 107 y concordantes del Decreto Ley N° 6769/58 y sus normas modificatorias y complementarias.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL
D E C R E T A
Artículo 1º.- Apruébase el Contrato de Locación de Obra suscripto entre ------------- la Municipalidad de Luján y la Acompañante Terapéutica Vanesa Soledad Destefano, titular del D.N.I. N° 32.223.592, con domicilio en la calle Los Tilos N° 998, de la Ciudad de Luján, para la supervisión, cuidado integral y acompañamiento del alumno Axel Frank Bravo, titular del D.N.I. N° 49.369.137, hijo de Ester Maribel Bravo, titular del D.N.I. N° 94.944.165, con domicilio en Ruta N° 5 kilómetro 75,200, de la localidad de José María Jáuregui, Partido de Luján, quien presenta Retraso mental leve, concurriendo a la Escuela Primaria N° 26 "República de Venezuela", sita en la calle Espora esquina Pellegrini N° 908, de la localidad de José María Jáuregui, Partido de Luján. Reconociéndose la inexistencia de personal competente en la planta mu-nicipal para realizar las tareas enunciadas.----------------------------------
Artículo 2º.- La Municipalidad abonará a LA LOCADORA la suma de pesos -------------- ciento setenta mil ($ 170.000) que será abonada en una cuota de pesos diez mil ($ 10.000) y ocho (8) cuotas iguales, mensuales y consecuti-vas de pesos veinte mil ($ 20.000), cada una, en concepto de honorarios por el período comprendido entre el 15 de abril de 2020 y al 31 de diciembre de 2020.-------------------------------------------------------------------------Artículo 3º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto por el ------------- artículo 2º será imputado a la siguiente partida del Presupuesto de Gastos vigente:
25.- SECRETARIA DE TURISMO Y CULTURA.-
62.- DESARROLLO CULTURAL.-
04.- MEJORAMIENTO Y ARTICULACION DE LA FORMACION Y EL CONOCIMIENTO.-
132.- DE ORIGEN PROVINCIAL.-
3.4.5.0.- DE CAPACITACION.-
Artículo 4º.- Regístrese, tomen conocimiento quienes corresponda, noti- --------------- fíquese, publíquese y archívese.------------------------------
D E C R E T O Nº642.-