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Decreto Nº515

Decreto Nº 515

Lujan, 13/04/2020

REFORMULACION DE LA JUNTA DE DISCIPLINA Y LA JUNTA DE CALIFICACIONES ASCENSOS Y PROMOCIONES.

Visto

El expediente Nº 4069-006457/2018 y los Decretos Nº 488/2019 y 877/19, por el cual se conformó la Junta de Disciplina y la Junta de  Ascensos y Calificaciones; y
 

Considerando

Que en virtud del cambio de gestión de gobierno producida el 10 de diciembre de 2019, han cesado los representantes del Departamento Ejecu-tivo, por lo que resulta necesaria la reformulación de dichas Juntas, con los nuevos integrantes del mismo.
Que a fojas 93 vuelta, tomó vista y emite informe la Direccion de Recursos Humanos.
Que a fojas 94, tomó vista y emite informe la Secretaría de Gobier-no y Participación Ciudadana, resultando la designación de Facundo Romero y Sandra Rasentte, como nuevos integrantes de ambas juntas, en represen-tación del Departamento Ejecutivo.
Que el presente se dicta en virtud de las competencias otorgadas por los artículos 107º y concordantes del Decreto Ley Nº 6769/58 y    artículo 66º de la Ley Nº 14.656.

Por ello;
 

EL INTENDENTE MUNICIPAL
D E C R E T A
 

Artículo 1º.- Reformúlase la conformación de la JUNTA DE DISCIPLINA Y                  ---------------MÉDICA dispuesta por Decreto nº 877/2019, por los siguien-tes agentes y funcionarios, quienes permanecerán hasta el 30 de noviembre de 2020:

COLLAZO, Fabio Daniel, legajo nº 3436 y TOLLO, Adriana Marcela, legajo     Nº 3823 vocal titular y suplente, respectivamente, en representación de los trabajadores.--------------------------------------------------------

GUERRERO, Omar Luis, legajo nº 3693 y FARÍAS, Sandra Edith, legajo          nº 4453, vocal titular y suplente, respectivamente, en representación de la Asociación Trabajadores del Estado - Seccional Luján.-----------------

LARRALDE, Martín Oscar, legajo nº 5765 y ORTEGA, Francisco Rodolfo, lega-jo Nº 6377, vocal titular y suplente, respectivamente, en representación del Sindicato de Trabajadores Municipales de Luján.----------------------

ROMERO, Facundo, legajo nº 6393 y RASENTTE, Sandra Viviana, legajo               nº 6746, titular y suplente, respectivamente, designados por el Departa-mento Ejecutivo.---------------------------------------------------------

Artículo 2º.- Reformúlase la conformación de la JUNTA DE ASCENSOS Y      -------------- CALIFICACIONES dispuesta por Decreto nº 488/2018, por los siguientes agentes y funcionarios, quienes permanecerán hasta el 30 de noviembre de 2020:

TOLLO, Adriana Marcela, legajo Nº 3823 y COLLAZO, Fabio Daniel, legajo       nº 3436, vocal titular y suplente, respectivamente, en representación de los trabajadores.--------------------------------------------------------

FARÍAS Sandra Edith, legajo nº 4453 Y GUERRERO, Omar Luis, legajo nº 3693 vocal titular y suplente, respectivamente, en representación de la Aso-ciación Trabajadores del Estado - Seccional Luján.-----------------------

MUÑAGORRY, María Laura, legajo nº 3525 y DEVECHI, Luciano Sebastián,        legajo nº 6313, vocal titular y suplente, respectivamente, en representa-ción del Sindicato de Trabajadores Municipales de Luján.-----------------

ROMERO, Facundo, legajo nº 6393 y RASENTTE, Sandra Viviana, legajo               nº 6746, titular y suplente, respectivamente, designados por el Departa-mento Ejecutivo.---------------------------------------------------------


Artículo 3º.- La Presidencia de ambas Juntas estará a cargo del titular  ------------- del Departamento Ejecutivo, conforme lo establece el     artículo 77º de la Ley nº 14.656.----------------------------------------

Artículo 4°.- Déjase establecido que la función asignada en los Artículos ------------- 1º y 2º, no implicará adicional, ni bonificación extraordi-naria al salario por el cargo que ocupan en la Municipalidad de Luján tales agentes y funcionarios designados.---------------------------------

Artículo 5°.- Regístrese, tomen conocimiento quienes corresponda, noti-          -------------- fíquese, publíquese y archívese.--------------------------


D E C R E T O     Nº515.-
FR/lem