Boletines/General Pueyrredon
Decreto Nº 1380/20
General Pueyrredon, 28/08/2020
Visto
el expediente 3132-7-2020; y
Considerando
Que el 16 de Julio de 2018 el Municipio del Partido de General Pueyrredon y el Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos de la Provincia de Buenos Aires celebraron un Convenio conforme el cual la Provincia de Buenos Aires le otorgaba un subsidio al Municipio para financiar la ejecución del “Centro de Disposición Final de Residuos Sólidos Urbanos de General Pueyrredon”.
Que, asimismo, el Municipio del Partido de General Pueyrredon y Coordinación Ecológica Area Metropolitana Sociedad de Estado (CEAMSE) suscribieron el Convenio Específico N° 3 donde acordaron la realización de obras y la prestación de los servicios que resultaran conducentes para la continuidad operativa del “Programa de Ordenamiento General y Optimización del Centro de Disposición Final Mar Del Plata”, emplazado en el predio cuya titularidad de dominio corresponde al Municipio.
Que los convenios referidos fueron convalidados por la Ordenanza N° 23.831 y promulgados por Decreto N° 1949/2018.
Que en la Cláusula Primera del Convenio Específico N° 3 se determinaron las obras encomendadas y se estableció la necesidad de construir “los sectores B y C del Módulo I, según Memoria Técnica que obra adjunta al presente designada como Anexo 2”. El precio de esta obra, conforme el cronograma de pagos que se encuentra agregado a dicho Convenio Específico como Anexo 3 asciende a la suma de $ 118.893.221,74 IVA incluido, y debía ejecutarse en un plazo previsto de 6 meses de acuerdo con el citado Anexo 3, correspondiendo a un plazo de 14 semanas para el sector B y de 16 semanas para el Sector C, con un solapamiento de cuatro semanas entre ambas, de acuerdo con la Memoria Técnica. Este precio se encuentra establecido según valores vigentes al 1ro de mayo de 2018 (índice base febrero de 2018), y correspondía originalmente a $ 50.055.725,22 con IVA incluido a las obras del Sector B y $ 68.837.496,52 con IVA incluido a las obras del Sector C.
Que, también en la Cláusula Primera, se estableció la realización de “Tareas de Acondicionamiento y Limpieza del Predio” y la “Reformulación Sistema Gestión Actual Y Drenaje De Lixiviados”, conforme el precio allí indicados.
Que se deja expresa constancia que todos los precios consignados se encuentran establecidos al día 1ro de mayo de 2018 y serán objeto de re-determinación con frecuencia trimestral mediante la fórmula polinómica y procedimiento establecidos en el Anexo 5 que forma parte del presente, tomando como base los índices de febrero de 2018.
Que en la Cláusula Segunda se estableció que la vigencia del Convenio Especifico Nº 3 comenzaría desde la fecha de su otorgamiento, no obstante lo cual se encontraba sujeta a la condición suspensiva consistente en su convalidación por el Honorable Concejo Deliberante, lo que acaeció con la Ordenanza Nº 23.831.
Que en la Cláusula Tercera se determinó que el “Procedimiento y Forma de Pago” de las obras encomendadas sería de conformidad a lo establecido en la cláusula 5º del Convenio celebrado entre el Municipio y el Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos de la Provincia de Buenos Aires.
Que ya asumida ésta gestión de gobierno, CEAMSE por nota presentada en Dirección General de Secretaría Privada que luce agregada a fojas 1/5, pone de manifiesto dos reclamos, el primero, vinculado a la “falta de provisión de recursos” por parte del Municipio por obras de infraestructura de relleno sanitario ya realizadas en su totalidad; y, el segundo, la necesidad de proveer los recursos necesarios para abonar la construcción de infraestructura del Módulo I del Sector C.
Que el Municipio luego de realizar una pormenorizada negativa en cuanto a los reclamos incoados y en aras de solucionar la situación de hecho existente es que le hace saber de la necesidad de continuar con “las obras de infraestructura que resultarán necesarias para asegurar la continuidad operativa de la disposición final de residuos sólidos urbanos en el Municipio”. También se ratifican “los compromisos asumidos en la Cláusula Primera de dicho Convenio Específico Nro. 3 tanto en sus aspectos técnicos como económicos, conforme las estipulaciones operativas y monto establecido para la construcción del Sector C del Módulo 1 del relleno sanitario emplazado en el Complejo Ambiental Mar del Plata –conforme apartado I de dicha Cláusula y remisión a Memoria Técnica y Anexo Económico”. Finalmente y producto de la evolución en la utilización de la capacidad existente para la disposición final en el Complejo Ambiental Mar del Plata es que se determinó la necesidad impostergable de que CEAMSE, aplicando las normas establecidas en sus propios reglamentos de Compras y Contrataciones, proceda de manera urgente a la adjudicación de las tareas de construcción de infraestructura, lo que así fue solicitado.
Que, asimismo, se sustanció el procedimiento administrativo correspondiente en el que se arribó a la conclusión que (i) el CEAMSE ha dado cumplimiento a las referidos “Tareas de Acondicionamiento y Limpieza del Predio”, la “Reformulación Sistema Gestión Actual Y Drenaje De Lixiviados”, y a los trabajos previstos en el Sector B del Módulo I, encontrándose en proceso la obtención de la documentación fehaciente respecto del pago de los importes convenidos de acuerdo con el procedimiento de pago previsto i, (ii) la obra del Sector C del Módulo I resulta imprescindible y que el comienzo de la misma no debería ser efectivizada más allá de fines del mes de agosto de 2020, ello dada la proximidad de la colmatación de la capacidad receptiva del predio. En cuanto al costo de la obra, se determinó que el mismo se ajusta a los valores de mercado.
Que conforme surge de lo informes técnicos obrantes en las actuaciones para el cumplimiento de lo previsto en la Cláusula Primera del Convenio Especifico Nº 3 asciende, en valores históricos, a la suma de $ 61.820.372,78 IVA incluido, en la parte referida a la construcción de dicho Sector C, resultado de adecuar la propuesta oportunamente remitida por los trabajos realizados anteriormente en lo referente a los ítems de Saneamiento, Camino Perimetral, Sistema de Captación de Gas de Fondo e Iluminación y Señalización. El valor actualizado de dicho importe, conforme la aplicación de la fórmula polinómica y procedimiento establecidos en el Anexo 5 de dicho Convenio, ascendería a la suma de $ 175.319.648 IVA incluido.
Que a lo dicho corresponde agregarse que el importe resultante para la realización de las obras pendientes actualizadas resultantes de utilizar índices de precios obtenidos de fuentes oficiales para aquellos ítems de la fórmula polinómica para los que no era posible contar con información independiente de la empresa, arroja la suma de $ 169.870.723,47 IVA incluido.
Que producto de la negociación realizada entre los otorgantes de la addenda se convino en establecer el monto de las tareas pendientes referidas en la suma de $ 140.798.053,88 IVA incluido, el que por lo tanto se encuentra por debajo del precio que resultaría de la aplicación del procedimiento de redeterminación de precios previsto en el Convenio oportunamente suscripto, a abonar en la forma consignada en la addenda que forma parte del presente.
Que sin perjuicio de la ulterior intervención del Ministerio de Infraestructura de la Provincia de Buenos Aires en los términos de la Cláusula Tercera del Convenio Específico Nro. 3 celebrado entre las partes, y la remisión a la Cláusula 5ª del Convenio celebrado entre EL MUNICIPIO y EL MINISTERIO referido, deviene imprescindible la inmediata provisión de los recursos necesarios para la realización de estas obras, readecuando a esos fines el procedimiento de pago establecido entre el MUNICIPIO y CEAMSE y asumiendo EL MUNICIPIO la obligación de cancelar de manera directa las obligaciones asociadas a estas obras sin perjuicio de los derechos que estime corresponder respecto del Ministerio Provincial.
Que, por lo tanto, resulta pertinente y necesario celebrar entre LAS PARTES una ADDENDA al Convenio Específico nº 3 antes aludido a fin de reglar la construcción y/o adecuación del Sector C del Módulo 1 del Complejo Ambiental Mar del Plata, Partido de General Pueyrredon, para la Disposición Final de Residuos Sólidos Urbanos.
Que ha intervenido la Subsecretaría Legal y Técnica y la Contaduría Municipal, emitiendo dictamen sobre la Addenda referida.
Por ello, en uso de sus atribuciones
E L I N T E N D E N T E M U N I C I P A L
D E C R E T A
ARTÍCULO 1º.- Autorízase la suscripción ad referéndum de la aprobación del Honorable Concejo Deliberante, del Convenio con COORDINACIÓN ECOLOGICA AREA METROPOLITANA SOCIEDAD DE ESTADO (CEAMSE) conforme ADDENDA CONVENIO ESPECIFICO N° 3, del proyecto Convenio agregado en Anexo al presente.
ARTÍCULO 2º.- El presente Decreto será refrendado por el Secretario de Obras y Planeamiento Urbano y el Presidente del EMSUR.
ARTÍCULO 3°.- Elévese el presente al Honorable Concejo Deliberante para su aprobación y ratificación.
ARTÍCULO 4º.- Regístrese, dése al Boletín Municipal y comuníquese por la Secretaria de Obras y Planeamiento Urbano.
MURO D`ANDREA MONTENEGRO
ADDENDA CONVENIO ESPECIFICO NRO 3
ENTRE
MUNICIPALIDAD DE GENERAL PUEYRREDON
Y
COORDINACIÓN ECOLOGICA METROPOLITANA SOCIEDAD
DEL ESTADO
Entre el Municipio de General Pueyrredon, Provincia de Buenos Aires – en adelante EL MUNICIPIO- , con domicilio en Hipólito Irigoyen 1627 de la Ciudad de Mar del Plata, Partido de General Pueyrredon, Provincia de Buenos Aires, representada en este acto por el Sr. Intendente Dr. GUILLERMO T. MONTENEGRO Y COORDINACIÓN ECOLOGICA AREA METROPOLITANA SOCIEDAD DE ESTADO – en adelante CEAMSE – con domicilio en Av. Amancio Acosta 3000 Ciudad Autónoma de Buenos Aires, representada en este acto por el Sr. Presidente del Directorio Arq. EDUARDO ENRIQUE RICCIUTI.
Y CONSIDERANDO
Que asumida esta gestión de gobierno, el CEAMSE por nota presentada por su representante legal en Dirección General de Secretaría Privada formuló reclamo vinculado a la provisión de recursos necesarios para abonar la construcción de infraestructura del módulo de disposición final I SECTOR C conforme Convenio Específico Nro. 3 suscripto con fecha 8 de agosto de 2018 y convalidado por Ordenanza 23.831.-
Que a resultas de dicha presentación se dio inicio a un procedimiento administrativo por expediente Nro. 3132/7-2020 donde se creó una Unidad de Gestión Ad Hoc integrada por el Sr. Director Gestión de Residuos EMSUr, un ingeniero dependiente del EMVIAL y un arquitecto dependiente de Secretaría de Obras y Planeamiento Urbano para dar respuesta a los puntos propuestos por el CEAMSE en su presentación. -
Que sustanciado el procedimiento administrativo nombrado y luego de un intercambio epistolar, el CEAMSE formuló una propuesta de Addenda al Convenio Específico Nro. 3 a fin de instrumentar un nuevo cronograma y procedimiento de pago para la infraestructura Sector C Módulo I.-
Que la propuesta nombrada, conforme las constancias y fundamentos agregados en dichos obrados, resulta atendible en tanto y en cuanto la obra es prioritaria y el comienzo de la misma debería ser en agosto para no causar problemas operativos en el relleno. En cuanto a los costos se ajusta a los valores de mercado.-
Que conforme surge de las constancias del expediente 3132/7-2020 tomo intervención, además del Sr. Secretario de Obras y Planeamiento Urbano y Sr. Presidente del EMSUr, los Sres. Secretario de Hacienda, Sr. Subsecretario de Legal y Técnica y Contaduría General expidiéndose desde el ámbito de su incumbencia.-
Que, por lo tanto, resulta pertinente y necesario celebrar una ADDENDA al Convenio Específico nº 3 entre la MUNICIPALIDAD DE GENERAL PUEYRREDON y COORDINACION ECOLÓGICA AREA METROPOLITANA SOCIEDAD DE ESTADO (CEAMSE), que regule la construcción y/o adecuación del Sector C del Módulo 1 del Complejo Ambiental Mar del Plata, Partido de General Pueyrredon, para la Disposición Final de Residuos Sólidos Urbanos a la realidad actual;
Por ello. LAS PARTES ACUERDAN
CLAUSULA PRIMERA: Que la presente Addenda tiene por objeto regular la construcción y/o adecuación del Sector C del Módulo 1 del Complejo Ambiental Mar del Plata, Partido de General Pueyrredon, para la Disposición Final de Residuos Sólidos Urbanos en cuanto al cronograma de obras; los montos nominales correspondientes a dichas obras; y, el procedimiento y modalidad de pago. Todo sin perjuicio del ejercicio de los derechos y reclamos que el Municipio estime corresponder respecto del Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos de la Provincia de Buenos Aires en los términos del Convenio suscripto y convalidado por Ordenanza 23.831.
CLAUSULA SEGUNDA: Que, a los efectos establecidos en el artículo anterior, LAS PARTES establecen lo siguiente:
El valor a abonar por las Etapas II y III surgirá de la liquidación definitiva que se efectuará aplicando el sistema de redeterminación establecido en el Convenio Específico Nro. 3 y su remisión a la fórmula polinómica que obra como Anexo N° 5 de la Ordenanza 23.831.
El CEAMSE deberá presentar el certificado de obra de acuerdo con el modelo suministrado por el MUNICIPIO teniendo en cuenta el Acta de Medición aprobada por la inspección de obras y las mediciones e importes certificados anteriormente, de corresponder. Dichos certificados deberán ser presentados dentro de los cinco (5) días del cumplimento de los trabajos de la Etapa respectiva. Para el caso que CEAMSE dejara de cumplir con las obligaciones de certificación a su cargo para la obtención de los certificados, estos podrán ser expedidos de oficio por el MUNICIPIO, no rigiendo los plazos establecidos anteriormente. El Certificado deberá ser presentado en original y dos (2) copias firmadas por CEAMSE, junto con nota de presentación suscripta. El MUNICIPIO dispondrá de cinco (5) días para efectuar el control y aprobación emitiendo el respectivo Certificado Oficial, de corresponder. En caso de formularse observaciones, CEAMSE dispondrá de dos (2) días para rehacer la documentación, vencidos los cuales las correcciones serán realizadas de oficio por el MUNICIPIO.
Previa lectura y ratificación, se firman cuatro ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en la Ciudad de Mar del Plata, a ….. días de …………….. de 2020.