Boletines/Capitán Sarmiento
Decreto Nº 709/17
Capitán Sarmiento, 18/09/2017
Visto
La Ordenanza Nro. 2383/16;
La Ordenanza Nro. 2441/17; y
Considerando
Que la Ordenanza 2383/16 aprueba el Presupuesto de Gastos y Cálculo de Recurso del Ejercicio 2017;
Que por la Ordenanza Nro. 2441/17, se amplía el Cálculo de Recursos, como así también la creación y ampliación de partidas presupuestarias del Presupuesto vigente en relación al incremento en orden de un 4 % acumulativo a los aumentos ya proporcionados, a partir del mes de Septiembre de 2017 para todo el personal de carrera municipal;
Que de acuerdo a lo mencionado precedentemente resulta necesario establecer y actualizar los valores de los haberes, tras el aumento autorizado por el Honorable Concejo Deliberante de Capitán Sarmiento;
Por todo ello, en uso de las facultades que me son propias;
D E C R E T O
ARTICULO 1ro.: Otórgase retroactivo al 01 de Septiembre de 2017, un incremento del orden del 4 % acumulativo respecto de los haberes vigentes al 31 de Agosto de 2017, para todo el Personal que revista en las Categorías 1 a 10 del Escalafón Municipal.-
ARTICULO 2do.: Otórgase un adicional remunerativo en concepto de Garantía Salarial proporcional al Sueldo Básico liquidado en cada mes, a efectos de elevar a $ 8.201,71.- (Pesos Ocho Mil Doscientos Uno con Setenta y Un Centavos) el salario real de treinta horas (30) y treinta y cinco (35).-
ARTICULO 3ro.: Apruébase el Nomenclador de Cargos, Escalas y Categorías conforme al valor de $ 208,64.- (Pesos Doscientos Ocho con Sesenta y Cuatro Centavos) correspondiente al módulo a regir a partir del 01 de Septiembre de 2017, que forma parte integrante del presente decreto.-
ARTICULO 4to.: Establécese el sueldo mínimo en $ 6.467,84.- (Pesos Seis Mil Cuatrocientos Sesenta y Siete con Ochenta y Cuatro Centavos) para los agentes que revistan en la categoría 8 de la Planta Permanente y que cumplan el horario completo de la Administración Comunal (30 horas). El mismo equivale a la clase 5 del agrupamiento Administrativo (31 módulos).-
ARTICULO 5to.: El presente Decreto será refrendado por el Secretario General de Gobierno y el Secretario de Hacienda y Finanzas.-
ARTICULO 6to: Comuníquese, Regístrese, Publíquese y Cumplido, Archívese.-
SR. OSCAR DARÍO OSTOICH = INTENDENTE MUNICIPAL
SR. ÁNGEL DAVID DEFELIPE = SEC. GRAL. DE GOBIERNO
CDOR. VICENTE GROSSO = SEC. DE HACIENDA Y FINANZAS