Boletines/Bahia Blanca

Decreto Nº1236

Decreto Nº 1236

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 30/07/2020

Visto las presentes actuaciones, mediante las cuales la firma Bahía Ambiental SAPEM, solicita el reajuste de la tarifa en los precios unitarios de cada uno de los servicios prestados de acuerdo a las unidades de medida que se establecen en la cláusula Décimo Novena del contrato de locación para la prestación del Servicio de Higiene Urbana que fuera celebrado con esta Comuna; y, Considerando:

Que lo requerido está estipulado en la cláusula 20° del contrato mencionado, y la empresa ha procedido de acuerdo al mismo en su solicitud a fs. 250.-

Que la recurrente a fs. 250 expresa que de acuerdo a la estructura de costos, se ha registrado un aumento en los costos de los servicios que presta la empresa.-

Que además solicita un reajuste de los valores para los días feriados que surgirían como consecuencia del ajuste de los valores de cada uno de los servicios establecidos en la cláusula 19°.-

Que conforme lo autoriza la cláusula 20° la Municipalidad podrá reconocer los mayores costos que sufra la empresa cuando requiera la prestación de servicios en días feriados.-

Que de los análisis efectuados se comprobó que los costos sufrieron un aumento superior al 7,5%, correspondiendo por lo tanto disponer el reajuste de los precios pactados.-

Que se ha consensuado con las autoridades de la solicitante un incremento para el mes de Agosto del corriente año en adelante.-

Atento a la imputación efectuada por la Subdirección de Presupuesto y Planificación y Contaduría General y lo informado por la Secretaría de Hacienda y Desarrollo Económico, el INTENDENTE MUNICIPALen uso de sus facultades,

 

D E C R E T A

PRIMERO: Apruébese el reajuste de tarifa en los precios unitarios de cada uno de los servicios prestados por Bahía Ambiental SAPEM, incluidos los feriados, a partir del 1º de Agosto del corriente año de los siguientes items:

-Recolección de Residuos Sólidos Urbanos Domiciliarios (RSU): La unidad de medida de este servicio será la tonelada, fijando el valor unitario de pesos tres mil quinientos treinta y cuatro con ochenta y un centavos ($ 3.534,81).- Para días feriados la suma de pesos dos mil seiscientos cincuenta y uno con once centavos ($ 2.651,11).-

-Recolección domiciliaria especial de RSU en Restaurantes, Hoteles y Afines en la suma de pesos cincuenta y seis mil cuarenta y ocho con ochenta y seis centavos ($ 56.048,86).- Para días feriados la suma de pesos cuarenta y dos mil treinta y seis con sesenta y cinco centavos ($ 42.036,65).-

-Servicio de Barrido y Limpieza de calles en la suma de pesos doscientos treinta y uno con setenta y tres centavos ($231,73).- Para días feriados en la suma de pesos ciento noventa y cinco con ochenta y un centavos ($195,81).-

-Limpieza y Desobstrucción de Sumideros, Cámaras y Nexos de los Desagües Pluviales en la suma de pesos cuarenta y dos mil quinientos ochenta y cinco  con treinta y seis centavos ($ 42.585,36).- Para días feriados en la suma de pesos veinticuatro mil dieciocho con quince centavos ($ 24.018,15).-

-Hora camión compactador de 15 m3 mínimo o de mayor capacidad en la suma de pesos cinco mil cuatrocientos treinta y uno con treinta y seis centavos ($5.431,36).- Para días feriados en la suma de pesos cuatro mil setenta y tres con cincuenta y dos centavos ($ 4.073,52).-

-Hora camión volcador de 8 m3 mínimo o de mayor capacidad en la suma de pesos dos mil trescientos veintitrés con setenta y cuatro centavos ($2.323,74).- Para los días feriados en la suma de pesos mil trescientos diez con cincuenta y nueve centavos ($ 1.310,59).-

-Hora camión roll-off almeja, incluyendo en el precio chofer y mano de obra necesaria, en la suma de pesos tres mil trescientos treinta y cinco con setenta y dos centavos ($ 3.335,72).- Para días feriados en la suma de pesos un mil ochocientos ochenta y uno con treinta y cinco centavos ($ 1.881,35).-

-Hora equipo moto barredora mecánica 5 m3 mínimos o de mayor capacidad, en la suma de pesos cinco mil dieciocho con setenta y cinco centavos ($ 5.018,75).- Para días feriados en la suma de pesos cuatro mil doscientos cuarenta con ochenta y cinco centavos ($4.240,85).-

-Hora pala cargadora balde de 1,5 m3 mínimo o de mayor capacidad, en la suma de pesos tres mil seiscientos treinta y tres con ochenta centavos ($ 3.633,80).- Para días feriados en la suma de pesos dos mil cuarenta y nueve con cuarenta y seis centavos ($2.049,46).-

-Hora operario barrendero, en la suma de pesos seiscientos noventa y uno con ochenta y nueve centavos ($691,89).Para días feriados en la suma de pesos quinientos ochenta y cuatro con sesenta y cuatro centavos ($584,64).-

-Hora operario cargador en la suma de pesos setecientos noventa y uno con diecisiete centavos ($ 791,17).- Para días feriados en la suma de pesos seiscientos sesenta y ocho con cincuenta y cuatro centavos ($ 668,54).-

-Hora cuadrilla con cinco (5) operarios con supervisión, en la suma de pesos tres mil quinientos treinta y seis con veinticinco centavos ($3.536,25).- Para días feriados en la suma de pesos dos mil novecientos ochenta y ocho con trece centavos ($ 2.988,13).-

-Hora camión desobstructor de sumideros y cañerías incluyendo en dicha cotización chofer y mano de obra necesaria, en la suma de pesos cinco mil quinientos cincuenta y seis con setenta y un centavos ($ 5.556,71).- Para días feriados en la suma de pesos tres mil ciento treinta y tres con noventa y nueve centavos        ($ 3.133,99).-

-Hora camioneta con chofer, en la suma de pesos un mil doscientos sesenta y tres con sesenta y cuatro centavos ($1.263,64).-

-Hora camión volcador de 8m3 con divisiones, en la suma de pesos dos mil setecientos ochenta y siete con treinta centavos ($ 2.787,30).-

SEGUNDO: Refrende el presente Decreto el Sr. Secretario de Hacienda y Desarrollo
Económico.-

TERCERO: El gasto que demande lo estipulado en los artículos precedentes deberá imputarse a la Fuente 110, Jurisdicción 1110104000, Cat. Programática 48.02.00, Gasto 3.3.6.0. / 3.3.9.0., del presupuesto de gastos vigente.-

CUARTO: Cúmplase, dése al R.O., tomen conocimiento la Secretaria de Hacienda y Desarrollo Económico, Secretaria de Gobierno, Subsecretaria de Gestión Ambiental, Subdirección de Planificación y Presupuesto, Contaduría General y Tesorería Municipal.- Cumplido: Resérvese en la Subsecretaría de Gestión Ambiental.-