Boletines/Lobería
Decreto Nº 766-20
Lobería, 03/06/2020
Solicita se amplíe el monto y las tareas de la asignación de tareas realizada por Decreto Nº 609/20
Visto
Las atribuciones conferidas por los artículos 107 y 108 Inciso 17 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, 8. Ley Provincial 14.656, el artículo 49 de la Ordenanza Nº 1.973/15 y su Decreto Reglamentario Nº 1.167/16 -Régimen de Empleo de la Municipalidad de Lobería-, la Ordenanza Nº 2.383/19, la Nota Nº 4.203/20, el Expediente Nº 4066-43/20, los Decretos Nros. 52/20 y 609/20; y
Considerando
QUE, por nota registrada con el Nº 4.203/20, expediente Nº 4066-43/20, el Secretario de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos de la Comuna, ARQ. DANIEL MASÓN, solicita se amplíe el monto y las tareas de la asignación de tareas realizada por Decreto Nº 609/20 al personal que se detalla en el artículo 1º designado por Decreto Nro. 52/20;
POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE LOBERÍA, en uso de las facultades que le son propias, dicta el siguiente:
D E C R E T O
ARTÍCULO 1.- AMPLÍASE, la asignación de tareas dispuesta por decreto N° 609/20, del personal destajista designado por Decretos Nº 52/20, e incorpórese las siguientes tareas:
TAREAS MONTO
Bocas de luz embutidas $ 2.769,24
Sacar aberturas existentes $ 1.823,29
Colocar aberturas $ 9.967,09
Revoque interior fratasado $ 22.049,08
Demolición de revoque $ 10.903,12
Revoque exterior fratasado/hidrófugo $ 23.683,91
Cargas revocadas $ 17.376,89
Desarmar cielorraso suspendido $ 6.280,20
Mampostería ladrillo hueco del 12 $ 9.052,74
Demolición de mampostería $ 1.021,85
ARTÍCULO 2.- AMPLÍASE, el monto a abonar al personal destajista citado, en la suma de PESOS CIENTO CUATRO MIL NOVECIENTOS VEINTISIETE CON CUARENTA Y CINCO CENTAVOS ($ 104.927,45.-), resultando luego de aplicar los descuentos correspondientes, una suma efectiva de PESOS NOVENTA MIL DOSCIENTOS TREINTA Y SIETE CON SESENTA Y UN CENTAVOS ($ 90.237,61.-) correspondiendo al Municipio, efectuar aportes patronales por I.P.S. $ 12.591,29. La certificación se realizará en forma mensual, previa verificación del área correspondiente.
ARTÍCULO 3.- Tomen conocimiento Secretaría de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos, Oficina de Personal, Contaduría Municipal, Oficina de Seguros y Honorable Concejo Deliberante. Dése al Registro de Decretos, cumplido ARCHÍVESE.
PABLO J. BARRENA JUAN JOSÉ FIORAMONTI
SECRETARIO DE GOBIERNO INTENDENTE MUNICIPAL
DECRETO Nº 766-20