Boletines/Daireaux
Decreto Nº 0495/2020
Daireaux, 27/04/2020
Visto
Lo establecido mediante la Ley Nº 27.541, los Decretos Nacionales Nros. 260 del 12 de marzo de 2020 y su modificatorio, 287 del 17 de marzo de 2020, 297 del 19 de marzo de 2020, 325 del 31 de marzo de 2020 y 355 del 11 de abril de 2020, 408 del 26 de abril de 2020 y sus normas provinciales, municipales y complementarias, y
Considerando
Que las citadas medidas resultan necesarias con el fin de continuar controlando el impacto de la pandemia en nuestro distrito, y que para ello se requiere avanzar hacia una nueva forma de abordaje de la misma, atendiendo a la situación local.
Que de las normas citadas en el visto del presente surge una clara flexibilización de las medidas adoptadas en el marco del aislamiento social, preventivo y obligatorio.
Que resulta necesario que nuestro Honorable Cuerpo retome en forma paulatina sus actividades observando las recomendaciones de las autoridades sanitarias, ello atento a que es de suma urgencia que la legislatura local continúe con su función de representar a los habitantes del distrito, legislando y controlando el funcionamiento del D.E.
Por ello,
EL PRESIDENTE DEL CONCEJO DELIBERANTE DE DAIREAUX, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES,
D E C R E T A
ARTICULO 1º: Prorrogase hasta el día 10 de mayo inclusive la vigencia del Decreto N° 493/20, prorrogado por el 494/20 y concordantes
ARTICULO 2º: Disponer las siguientes excepciones a la Acordada N° 2/84 y concordantes, con el objetivo de garantizar el debido funcionamiento de este Honorable Concejo Deliberante bajo el siguiente Protocolo de Trabajo:
ARTICULO 3°: COMUNIQUESE, REGISTRESE Y ARCHIVESE.