Boletines/Daireaux
Decreto Nº 0433/2020
Daireaux, 20/04/2020
ASISTENCIA A AGENTES MUNICIPALES
Visto
El requerimiento de asistencia social presentado ante la Dirección de Personal por los agentes: MACIEL ESTEFANIA- Nro. De Legajo 2372, GARCIA HORACIO DARIO Nro. De Legajo 1915, HERNANDEZ MARIA GABRIELA Nro. De Legajo 2163 y
Considerando
Que las peticiones formuladas se fundamentan en la necesidad de contar con recursos para la atención de la salud de familiar, acercando las certificaciones médicas que así lo corroboran;
Por ello
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE DAIREAUX EN USO DE SUS ATRIBUCIONES
D E C R E T A
ARTÌCULO 1º: Otorgase a la agente MACIEL ESTEFANIA - LEGAJO 2372 DNI: 34.961.620- una asistencia social del monto de Pesos CUATRO MIL ($4.000.00) con destino a la atención de salud conforme el certificado extendido por el Dr. Dipaula debiendo imputarse el gasto que ello demande con cargo a la Partida Presupuestaria:
Jurisdicción 1110106000 Secretaria de Desarrollo Social. –
Programa 01 Desarrollo y Coordinación de Políticas Sociales.-
Partida: 1.5.0.0. “Asistencia Social al Personal”.-
Fuente de Financiamiento: 110 Tesoro Municipal.
ARTÍCULO 2°: Otorgase al agente GARCIA HORACIO DARIO – LEGAJO 1915- DNI: 27.623.983- una asistencia social del monto de Pesos DOS MIL SEISCIENTOS CINCUENTA ($2.650.00) con destino a la atención de salud debiendo imputarse el gasto que ello demande con cargo a la Partida Presupuestaria:
Jurisdicción 1110102000 Secretaria de Gobierno. –
Programa 18- Bromatología e Inspección General.-
Partida: 1.5.0.0. “Asistencia Social al Personal”.-
Fuente de Financiamiento: 110 Tesoro Municipal.
ARTÍCULO 3°: Otorgase a la agente HERNANDEZ MARIA GABRIELA – LEGAJO 2163- DNI: 17.714.496- una asistencia social del monto de Pesos DOS MIL QUINIENTOS ($2.500.00) con destino a la atención de salud debiendo imputarse el gasto que ello demande con cargo a la Partida Presupuestaria
Jurisdicción 1110105000 Secretaria de Salud Publica. –
Programa 16- Hospital Dr. Pedro M. Romanazzi.-
Partida: 1.5.0.0. “Asistencia Social al Personal”.-
Fuente de Financiamiento: 110 Tesoro Municipal.
ARTICULO 4º: COMUNIQUESE, TOMEN RAZON QUIENES CORRESPONDA, REGISTRESE Y ARCHIVESE.