Boletines/Carlos Tejedor
Decreto Nº 389/20
Carlos Tejedor, 14/01/2020
Visto
La solicitud de renovación de la licencia de conducir por parte del ciudadano Don Hernán Edgardo Barrueco DNI nº 22.605.857, y;
Considerando
Que el mencionado ciudadano solicita la renovación de la licencia de conducir profesional ante este Municipio.
Que conforme surge de dicha solicitud (TRÁMITE. Hoja de ruta 00015510675 LICENCIAS) solicita renovación de Licencia por categorías clases A.1.4; B.2; C.3; D.1; D.3; E.1; E.2; G.1; G.2, incluyendo en ellas la categoría de trasporte de pasajeros.
Que, a efectos de dar cumplimiento a la normativa vigente se agrega a dicho trámite el Certificado de antecedentes penales de fecha 30-12-2019 (Comprobante del Trámite de Antecedentes penales –Código de Solicitud 03100561146 Código de Seguridad 05A48ABB14) del que surgen antecedentes penales relacionados con los delitos de desobediencia y amenazas (art. 239, 149 bis primer párrafo del Código Penal).
Que el decreto 532/09 reglamenta la Ley 13.927 –Ley de Transito de la Provincia de Buenos Aires-
Que dicho decreto en su Anexo II Título I refiere todo lo relacionado con las obtenciones de las licencias de conducir, y en la especie, lo relacionado y recaudos condicionantes para la obtención de la licencia de conducir profesional Categoría D.
Que el Art. 20 Inc. 3 del Decreto 532/09 expresa que “…debe denegarse la habilitación de Clase D para servicio de transporte cuando el solicitante tenga antecedentes penales relacionados con delitos con automotores, en circulación, contra la honestidad, la libertad o integridad de las personas, o que a criterio de la autoridad concedente pudiera resultar peligroso para la integridad física y moral de las personas transportadas…”
Que, en ese entendimiento, el antecedente penal -delito de amenazas- del peticionante integra la nómina de delitos que conforme el artículo antes mencionado establece que debe denegarse la habilitación de la Clase D de la licencia de conducir.
EL INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus atribuciones-
D E C R E T A:
ARTICULO 1°.- Deniégase la obtención de la licencia de conducir a Don Hernán Edgardo Barrueco D.N.I. nº 22.605.857 para la categoría de transporte de pasajeros –Conductor Profesional- (CATEGORIAS D).
ARTICULO 2º.- Procédase a extender la licencia de conducir al ciudadano antes mencionado por las demás categorías habilitadas conforme la normativa legal vigente.
ARTICULO 3º.- Comuníquese, archívese.