Boletines/Carlos Tejedor

Decreto Nº003/20

Decreto Nº 003/20

Carlos Tejedor, 02/01/2020

Visto

 el Decreto Provincial N° 2980/00 “Reforma de la Administración Financiera en el ámbito Municipal – Sistema Presupuesto”  de la Provincia de Buenos Aires, Ministerio de Economía, Subsecretaría de Política y Coordinación Fiscal; y 

Considerando

Que atento al cumplimiento del marco normativo indicado es necesario en esta oportunidad el dictado de las normas técnicas relacionadas con el aspecto de la Programación de la Ejecución del Presupuesto de la Administración Municipal;

Que en la fase de la Ejecución Presupuestaria es necesaria una adecuada coordinación;

Que la misma implica implementar un sistema  que permita programar la ejecución del Presupuesto tanto en  términos físicos como  financieros y prever un adecuado régimen que posibilite realizar las modificaciones necesarias al presupuesto en ejecución, de modo que el mismo cuente con la suficiente flexibilidad;

Que es necesario asignar en cada jurisdicción o entidad las responsabilidades para la obtención de resultados específicos  en relación con los objetivos político-institucionales;

  Que uno de los objetivos principales, al descentralizarse los créditos presupuestarios en los diversos programas de las jurisdicciones y entidades del Municipio, hace posible que los jefes de las categorías programáticas efectivamente gerencien los recursos reales y financieros que le son asignados para el cumplimiento de la producción de Bienes y Servicios; 

  Que a tal efecto deben quedar definidas las unidades ejecutoras y  administrativas con la asignación de los distintos grados de responsabilidad;     

EL INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus atribuciones-

 

D E C R E T A:

 

ARTICULO 1º: DENOMINASE “Unidades Ejecutoras” en el marco del  Decreto 2980/00 “Reforma de la Administración Financiera en el ámbito Municipal  Sistema Presupuesto” y DESIGNASE responsables de las mismas, a las dependencias y funcionarios que a continuación se detallan:

 CONDUCCIÒN SUPERIOR: Intendenta Municipal 

 SECRETARÌA DE GOBIERNO: Secretario de Gobierno

 ASESORIA LEGAL: Asesor Legal

 DIRECCION CENTRO COMUNITARIO POLIVALENTE: Jefe de Centro Comunitario Polivalente.

 DIRECCION DE PRODUCCION: Secretario de Gobierno

 TIERRAS Y URBANISMO: Director de Tierras y Urbanismo

 BROMATOLOGIA E HIGIENE: Jefe de Bromatología e Higiene

 MEDIO AMBIENTE: Secretario de Gobierno

 SECRETARIA DE ECONOMIA Y HACIENDA: Secretaria de Hacienda

 SECRETARÌA DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS: Secretario de Obras y Servicios Públicos

 SECRETARÌA DE ACCIÒN SOCIAL: Secretaria de Acción Social

 DIRECCION TERCERA EDAD Y DISCAPACIDAD: Director de Tercera Edad

 DELEGACIÒN DE TRES ALGARROBOS: Intendenta Municipal

 SECRETARIA DE SEGURIDAD: Secretario de Seguridad

 SECRETARIA DE SALUD: Secretario de Salud 

 ATENCION DE LA SALUD: Secretario de Salud

 HOSPITAL MUNICIPAL GARRE DE CARLOS TEJEDOR: Director del Hospital Garré, Administrador del Hospital. 

 HOSPITAL RESANO DE TRES ALGARROBOS: Director del hospital Resano, Administrador del Hospital. 

 SECRETARIA DE DEPORTES, CULTURA Y EDUCACION: Director de Cultura

 SECRETARIA DE DEPORTES, CULTURA Y EDUCACION: Director de Deporte.

 HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE: Presidente del H.C.D

 

 

 

 

 

 

ARTÍCULO 2º: CREASE una “UNIDAD ADMINISTRATIVA” para   cada  Unidad Ejecutora enunciada en el artículo anterior:

 CONDUCCIÒN SUPERIOR: Intendenta Municipal 

 SECRETARÌA DE GOBIERNO: Secretario de Gobierno

 ASESORIA LEGAL: Asesor Legal

 DIRECCION CENTRO COMUNITARIO POLIVALENTE: Jefe de Centro Comunitario Polivalente.

 DIRECCION DE PRODUCCION: Secretario de Gobierno

 TIERRAS Y URBANISMO: Director de Tierras y Urbanismo

 BROMATOLOGIA E HIGIENE: Jefe de Bromatología e Higiene

 MEDIO AMBIENTE: Secretario de Gobierno

 SECRETARIA DE ECONOMIA Y HACIENDA: Secretaria de Hacienda

 SECRETARÌA DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS: Secretario de Obras y Servicios Públicos

 SECRETARÌA DE ACCIÒN SOCIAL: Secretaria de Acción Social

 DIRECCION TERCERA EDAD Y DISCAPACIDAD: Director de Tercera Edad

 DELEGACIÒN DE TRES ALGARROBOS: Intendente Municipal

 SECRETARIA DE SEGURIDAD: Secretario de Seguridad

 SECRETARIA DE SALUD: Secretario de Salud 

 ATENCION DE LA SALUD: Secretario de Salud

 HOSPITAL MUNICIPAL GARRE DE CARLOS TEJEDOR: Director del Hospital Garré, Administrador del Hospital. 

 HOSPITAL RESANO DE TRES ALGARROBOS: Director del hospital Resano, Administrador del Hospital. 

 SECRETARIA DE DEPORTES, CULTURA Y EDUCACION: Director de Cultura

 SECRETARIA DE DEPORTES, CULTURA Y EDUCACION: Director de Deporte.

 HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE: Presidente del H.C.D

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

ARTICULO 3º:  Las  Unidades  Administrativas   enunciadas  en  el  Art. 2º ,  en cuanto a la Programación de la Ejecución del Presupuesto,  deberán:

 Suministrar a las unidades responsables de la ejecución de programas, actividades y proyectos, tanto al inicio del ejercicio como durante su ejecución , la información correspondiente respecto de créditos, gastos y saldos presupuestarios y de cuotas, a los fines de permitir un adecuado conocimiento de los estados de situación, como elementos indispensables para que en esas unidades responsables sea posible formular la programación de la ejecución presupuestaria como así también su reprogramación.

 Recibir y cargar al Sistema Rafam,  las Solicitudes de Pedidos iniciadas por las áreas que integran su Unidad Ejecutora.

 Autorizar y generar  (Altas, bajas y Modificaciones) las Solicitudes de Gasto. A los efectos presupuestarios, las solicitudes efectúan la reserva interna preventiva.

 Coordinar con la Oficina de Presupuesto las Modificaciones Presupuestarias Propuestas por la Unidad Ejecutora por inexistencia de crédito presupuestario.

 

ARTÍCULO 4º: APRUEBANSE  los  Instructivos de: “Pedido  de Suministros”, “Solicitud de Gastos” y “Registro de Compromiso”, los que forman parte del presente Decreto como Anexo.

 

ARTICULO 5º: DE  FORMA.-