Boletines/Nueve de Julio
Decreto Nº 3158/17
Nueve de Julio, 18/10/2017
CEPRIL – SUBSIDIO.
Visto
El expediente Municipal Nº 4082- 1085/2017
La solicitud presentada a fs 947 por parte de la entidad de bien público CEPRIL inscripta en el Registro Municipal bajo el número 10.
Considerando
Que la Dirección de Relaciones con la Comunidad informa a fs 915 que la entidad se encuentra a derecho con su documentación actualizada de conformidad a lo requerido por la Ordenanza Nº 5162/2012.
Que los Funcionarios intervinientes a fs 950 aconsejan el otorgamiento del subsidio solicitado en virtud de pago según ordenanza 2322/86 Que encontrándose plenamente justificado acceder al pedido objeto del presente, debe dictarse el acto administrativo pertinente.
Por ello, el Intendente Municipal de 9 de Julio, en uso de sus atribuciones, DECRETA:
ARTICULO 1º: Otórguese a CEPRIL, un subsidio de pesos once mil setecientos ochenta y dos con 72/00 ($ 11.782,72), destinados a pago según ordenanza 2322/86
ARTICULO 2º: El gasto que demande la presente designación será imputado a Jurisdicción 1110111000 Secretaria de Gobierno , Programa 01 Conducción y Gestión de Políticas de Gobierno, Actividad 01 Servicio Administrativo Interno , Partida 5170, del presupuesto de gastos vigente.
ARTICULO 3º: La entidad beneficiaria deberá rendir cuenta de la inversión de los fondos otorgados de conformidad a lo establecido en el Artículo 131 y concordantes del “Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de Administración para las Municipalidades de la provincia de Buenos Aires”. La falta de rendición de cuentas constituye causa para privar a la entidad remisa del derecho a percibir nuevos beneficios.
ARTICULO 4º: Refrenda el presente Decreto el Señor Secretario de Gobierno.
ARTICULO 5º: Comuníquese a quienes corresponda y regístrese.