Boletines/Nueve de Julio
Decreto Nº 3044/17
Nueve de Julio, 09/10/2017
AMPLIACIÓN CALCULO DE RECURSOS Y MODIFICACIÓN PRESUPUESTO DE GASTOS.
Visto
Depósitos efectuados el 22/09/2017, en la cuenta Nº50953/8 del Banco Provincia de Buenos Aires y
Considerando
Que según Ordenanza Nº5194, en su artículo 7º, establece la creación del Fondo Benéfico de rifas del Partido de 9 de Julio de conformidad en el art 9º del Decreto Ley 9403/79, cuyo producido será destinado de la siguiente manera: un cincuenta por ciento (50%) a solventar gastos de salud; un veinticinco por ciento (25%) a solventar gastos del Hogar de Ancianos Municipal y el restante veinticinco por ciento (25%) para solventar gastos del Hogar de Transito Municipal, dependiente del Servicio Local de Derechos y que la Ley Orgánica Municipal en su Artículo 119º último párrafo, faculta al Departamento Ejecutivo a la ampliación del Presupuesto de Gastos y Cálculo de Recursos vigente.-
Por ello, el Intendente Municipal de 9 de Julio, en uso de sus atribuciones DECRETA:
ARTICULO 1º: Increméntese el Cálculo de Recursos vigente en la suma de DIECIOCHO MIL SETECIENTOS SETENTA Y CINCO CON SETENTA Y NUEVE ($18775,79):
12.0.00.00 INGRESOS NO TRIBUTARIOS
12.9.00.00 OTROS
12.9.14.00 FONDO BENEFICO DE RIFAS 12.9.14.01 FONDO BENEFICO DE RIFAS – SALUD
12.9.14.02 FONDO BENEFICO DE RIFAS – HOGAR DE ANCIANOS MUNICIPAL
12.9.14.03 FONDO BENEFICO DE RIFAS – HOGAR DE TRANSITO MUNICIPAL
ARTICULO 2º: Increméntese el Presupuesto de Gastos vigente en la suma de DIECIOCHO MIL SETECIENTOS SETENTA Y CINCO CON SETENTA Y NUEVE ($18775,79):
AMPLIACIONES:
SECRETARIA DE SALUD |
||||
1110115000 |
01.00.00 |
131 |
3510 |
9.387,90 |
1110115000 |
40.01.00 |
131 |
3510 |
4.693,95 |
SECRETARIA DE DESARROLLO COMUNITARIO |
||||
1110116000 |
46.01.00 |
131 |
3510 |
4.693,94 |
ARTICULO 3º: Refrenda el presente Decreto el Señor Secretario de Administración y Hacienda.-
ARTICULO 4º: Comuníquese a quienes corresponda y regístrese.