Boletines/Nueve de Julio

Decreto Nº3044/17

Decreto Nº 3044/17

Nueve de Julio, 09/10/2017

AMPLIACIÓN CALCULO DE RECURSOS Y MODIFICACIÓN PRESUPUESTO DE GASTOS.

Visto

Depósitos efectuados el 22/09/2017, en la cuenta Nº50953/8 del Banco Provincia de Buenos Aires y

Considerando

Que según Ordenanza Nº5194, en su artículo 7º, establece la creación del Fondo Benéfico de rifas del Partido de 9 de Julio de conformidad en el art 9º del Decreto Ley 9403/79, cuyo producido será destinado de la siguiente manera: un cincuenta por ciento (50%) a solventar gastos de salud; un veinticinco por ciento (25%) a solventar gastos del Hogar de Ancianos Municipal y el restante veinticinco por ciento (25%) para solventar gastos del Hogar de Transito Municipal, dependiente del Servicio Local de Derechos y que la Ley Orgánica Municipal en su Artículo 119º último párrafo, faculta al Departamento Ejecutivo a la ampliación del Presupuesto de Gastos y Cálculo de Recursos vigente.-

Por ello, el Intendente Municipal de 9 de Julio, en uso de sus atribuciones DECRETA:

ARTICULO 1º: Increméntese el Cálculo de Recursos vigente en la suma de DIECIOCHO MIL SETECIENTOS SETENTA Y CINCO CON SETENTA Y NUEVE ($18775,79):

12.0.00.00 INGRESOS NO TRIBUTARIOS

12.9.00.00 OTROS

12.9.14.00 FONDO BENEFICO DE RIFAS 12.9.14.01 FONDO BENEFICO DE RIFAS – SALUD

12.9.14.02 FONDO BENEFICO DE RIFAS – HOGAR DE ANCIANOS MUNICIPAL

12.9.14.03 FONDO BENEFICO DE RIFAS – HOGAR DE TRANSITO MUNICIPAL

ARTICULO 2º: Increméntese el Presupuesto de Gastos vigente en la suma de DIECIOCHO MIL SETECIENTOS SETENTA Y CINCO CON SETENTA Y NUEVE ($18775,79):

AMPLIACIONES:

SECRETARIA DE SALUD

1110115000

01.00.00

131

3510

9.387,90

1110115000

40.01.00

131

3510

4.693,95

SECRETARIA DE DESARROLLO COMUNITARIO

1110116000

46.01.00

131

3510

4.693,94

ARTICULO 3º: Refrenda el presente Decreto el Señor Secretario de Administración y Hacienda.-

ARTICULO 4º: Comuníquese a quienes corresponda y regístrese.