Boletines/Vicente López
Resolución Nº 621/20
Vicente López, 31/07/2020
Visto
la Resolución 425 y la necesidad de ampliar el alcance de las medidas allí dispuestas, ello en función de la emergencia pública sanitaria vigente a partir de la pandemia declarada por la Organización Mundial de la Salud en relación con el COVID-19, conocido como Coronavirus y,
Considerando
Que, con fecha 18 de marzo de 2020, esta Secretaría emitió la Resolución 425 a los fines de prorrogar por el término de 60 (SESENTA) días corridos, los vencimientos de las habilitaciones de Taxis, servicios de autos particulares con conductor-remise, transporte de carga, autos de fantasía y colección que hayan operado entre el 15 de febrero de 2020 y el 01 de abril del mismo. Que dicho termino fue ampliado mediante Resolución 477, de fecha 3 de Abril de 2020, a los vencimientos que operaran entre el 02 y el 12 de Abril de 2020, mediante Resolución 479, de fecha 13 de Abril de 2020, alcanzando también a aquellos que operaran entre el 13 y el 26 de Abril de 2020. Mediante Resolución 485, fue ampliado el plazo de prorroga a 90 (NOVENTA) días desde su vencimiento, y ampliando el alcance hasta los vencimientos que operaran al 10 de Mayo 2020. Esta resolución fue ampliada a los vencimientos operados hasta el 24 de Mayo de 2020 mediante Resolución 507, de fecha 18 de Mayo de 2020. Con fecha 26 de Mayo, mediante Resolución 533, se amplió el plazo de prorroga a 150 (CIENTO CINCUENTA) días y el alcance hasta los vencimientos que operaran al 15 de Junio de 2020. Mediante Resolución 569, de fecha 16 de Junio, se amplió el plazo de prorroga a 180 (CIENTO OCHENTA) días y el alcance hasta los vencimientos que operaran al 15 de Julio de 2020.
Que motivaron dichas resoluciones la necesidad de reducir al mínimo la atención en la Dirección de Inspecciones Técnicas Vehiculares y Habilitaciones, procurando la utilización de medios de atención alternativos (teléfono, correo electrónico), así como la circulación de personas en las oficinas administrativas de la Secretaria.
Todas estas resoluciones se dictaron en función de lo establecido en los Decretos Municipales N°1358, de fecha 20 de Marzo de 2020 (el cual adhirió al Decreto de Necesidad y Urgencia N° 297/2020, mediante el cual se implementó el aislamiento social, preventivo y obligatorio), N°1575, de fecha 01 de abril de 2020 (adhirió al DECNU 2020-325-APN-13TE , que dispuso la prórroga de la vigencia del Decreto de Necesidad y Urgencia N9 297/2020 hasta el 12 de abril de 2020 inclusive), N° 1624, de fecha 13 de Abril de 2020 (Adhirió al DECNU-2020-355- APN-PTE, que prorrogo nuevamente la vigencia del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 297/2020 hasta el 26 de Abril inclusive), Nº 1685 de fecha 27 de abril de 2020 (adhirió al DECNU-2020-408- APN-PTE, por el cual se dispuso la prórroga de la vigencia del Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 297/2020 hasta el 10 de Mayo de 2020 inclusive), N° 1800/2020 (Adhirió al Decreto DECNU-2020-459-APN-PTE, por el cual se dispuso la prórroga de la vigencia del Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 297/2020 hasta el 24 de Mayo de 2020 inclusive), Nº 1894, de fecha 26 de Mayo de 2020, (adhirió al Decreto DECNU-2020-493-APN-PTE, por el cual se dispuso la prórroga de la vigencia del Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 297/2020 hasta el 07 de Junio de 2020 inclusive), con fecha 08 de Junio de 2020 el Decreto 2019 ( adhiere al Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 520/20 del Poder Ejecutivo Nacional en los términos de su CAPÍTULO DOS: "Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio", por el cual se prorrogan los Decretos Nº 297/20, 325/20, 355/20, 408/20, 459/20, 493/20 y sus normas complementarias en los términos vigentes, hasta el día 28 de junio de 2020 inclusive) y con fecha 29 de Junio 2020, mediante Decreto 2212, adhirió al Decreto de Necesidad y Urgencia N°576/20 (prorrogo la vigencia del Decreto 297/20, en el ámbito del Área Metropolitana Buenos Aires, hasta el 17 de Julio 2020 inclusive).
Que mediante Decreto de Necesidad y Urgencia 605/2020, de fecha 18 de Julio de 2020, el Poder Ejecutivo Nacional prorrogo el AISLAMIENTO SOCIAL PREVENTIVO Y OBLIGATORIO desde el día 18 de julio hasta el día 2 de agosto de 2020 inclusive en distintos sectores del país, incluido el aglomerado urbano denominado Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA), del cual el Partido de Vicente López es parte. El Municipio adhirió a esta Decreto mediante Decreto Municipal 2395, de fecha 20 de Julio de 2020.
Que habiéndose extendido todos los plazos previstos de Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio, resulta necesario adaptar las mencionadas Resoluciones a la nueva prórroga decretada, tanto en el universo de su alcance, como en el de su extensión. Por otro lado, tal medida ayudara a reforzar la finalidad de las normas de aislamiento decretadas, teniendo como objetivo evitar la concurrencia masiva de personas a tramitar la renovación de su habilitación a partir de la finalización del AISLAMIENTO SOCIAL PREVENTIVO Y OBLIGATORIO, así como permitir la organización administrativa adecuada para mantener el posterior distanciamiento social a aplicarse.
Que idénticas medidas han sido tomadas por la DIRECCION PROVINCIAL DE POLITICA Y SEGURIDAD VIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES en relación a las Licencias Nacionales de Conducir, mediante Disposición 20/2020.
Por ello, el SECRETARIO DE TRÁNSITO, TRANSPORTE PÚBLICO Y SEGURIDAD VIAL en uso de las facultades que le fueron otorgadas,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1.- PRORROGAR por el termino de 210 (DOSCIENTOS DIEZ) días corridos, contados desde su vencimiento original, los vencimientos de las habilitaciones de Taxis, servicios de autos particulares con conductor-remise, transporte de carga, autos de fantasía y colección que hayan operado u operen entre el 15 de Febrero y el 15 de Agosto de 2020 inclusive, rectificando el plazo y alcance establecido oportunamente mediante Resoluciones N°485/20, 507/20, 533/20 y 569/20.
ARTÍCULO 2.- ESTABLECER que dicho alcance podrá ser ampliado confome se desenvuelva la situación sanitaria.
ARTÍCULO 3º.- DAR al Registro Municipal de Resoluciones, cumplir, hacer saber y oportunamente archivar.
Fdo: Antiñolo